Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/12/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

ral de Concurso y Promoción, procediéndose a la conformación definitiva de los Tribunales, por Resolución N 2022/0-00000006 de la citada Comisión.
Que se publicó en la página web oficial la conformación definitiva de los Tribunales de Concurso y la fecha para la prueba de oposición, prevista para los días 15 y 16 de diciembre de 2022.
Que a requerimiento de la Secretaría General de la Gobernación, la Escribanía General de Gobierno actuó como fedataria respecto de la ejecución del convenio de cooperación suscripto por el Ministerio de Coordinación y la Universidad Tecnológica Nacional -Facultad Regional Córdoba-, a los fines de la realización de las pruebas de oposición en sus instalaciones; actuación que consta en la Escritura N 589, Sección B, del 15 de diciembre de 2022 del mencionado órgano notarial.
Que así las cosas, luego de producida la prueba de oposición y notificado su resultado, continuó el proceso con la recepción de las entrevistas personales y la evaluación de los antecedentes de los concursantes que aprobaron dichas instancias; culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de Mérito Provisorio, que fue notificado a los participantes.
Que durante los tres días hábiles siguientes a la finalización del período de vistas del expediente, se habilitó la recepción de observaciones al orden de mérito provisorio en cuestión.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso y Promoción receptaron, consideraron y respondieron, cuando las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efectuados por los concursantes, en los términos de las bases concursales y del artículo 78 de la Ley N 5350 T.O. Ley N 6658, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Definitivo; también debidamente notificado.
Que el primer lugar en dicho Orden de Mérito Definitivo, habiendo superado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder al cargo vacante de la Subdirección de Jurisdicción Educación Rural, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria de la Subsecretaría de Coordinación Educativa, en la órbita de la Secretaría de Educación del Ministerio de Educación, corresponde a la señora María Cecilia SOISA.

Que obra el Visto Bueno del señor Ministro de Educación a la designación propiciada.
Que resulta necesario encomendar a la sectorial de Recursos Humanos de la Cartera ministerial actuante, la verificación del efectivo y oportuno cumplimiento de los requisitos de los artículos 12, 13 y concordantes de la Ley N 7233 y su reglamentación, así como la capacitación obligatoria para cargos de conducción, conforme a la Resolución N 506/2023 de la
AÑO CX - TOMO DCCVIII - Nº 244
CORDOBA, R.A. VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Secretaría General de la Gobernación.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por los artículos 18 de la Ley N 8575, 14 y concordantes de la Ley N 7233, 21 y 22 de la Ley N 9361, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación a los Nros. 2023/00000082 y 2023/JACAL-00000270, por Fiscalía de Estado bajo el N 1201/2023 y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144, incisos 1 y 10, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE a la señora María Cecilia SOISA, D.N.I. N
26.672.151, en el cargo de Subdirectora de Jurisdicción Educación Rural, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria de la Subsecretaría de Coordinación Educativa, en la órbita de la Secretaría de Educación del Ministerio de Educación, por haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolución N 1322/2022, rectificada por su similar N 1345/2022, de la citada Cartera ministerial, en los términos del artículo 14, punto II B, de la Ley N 9361.
Artículo 2º.- INSTRÚYESE a la sectorial de Recursos Humanos del Ministerio actuante para que verifique el efectivo y oportuno cumplimiento, por parte de la señora SOISA, de los requisitos de los artículos 12, 13 y concordantes de la Ley N 7233 y su reglamentación, así como la capacitación obligatoria para cargos de conducción, conforme a la Resolución N
506/2023 de la Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN JULIO CESAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

MINISTERIO DE HABITAT
Y ECONOMIA FAMILIAR
Resolución N 190
Córdoba, 14 de noviembre de 2023
VISTO: El Programa BANCO DE LA GENTE, instituido por Resolución N133/16 de la ex Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo y sus modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N133/16 de la ex Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo se instituyó el programa BANCO DE LA GENTE
y se implementaron diferentes líneas de micropréstamos, cada una de las BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

cuales tiene un destino específico y modalidades particulares según su objeto y características del universo poblaciones que se pretende atender.

Que el artículo 15 del Decreto N 1615/19 -ratificado por Ley 10726-, faculta a los señores Ministros a delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivas carteras, en los funcionarios que determinen y conforme con la organización de cada área
Que por todo lo expuesto y en atención al volumen de trámites que conlleva la ejecución e implementación de dicho programa resulta procedente delegar la suscripción de los contratos de mutuo del Programa BANCO DE LA GENTE, facultando al Director de Jurisdicción Administración Contable y Patrimonial, y al Jefe de Área Gestión Integral de la Dirección General Banco de la Gente, ambos de esta cartera, para la suscripción de los mismos.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/12/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date22/12/2023

Page count11

Edition count4137

First edition01/02/2006

Last issue11/05/2024

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