Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/12/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCVIII - Nº 236
CORDOBA, R.A. JUEVES 14 DE DICIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

funcionamiento de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, en lo que respecta al diligenciamiento de las actuaciones administrativas y jurídicas de su competencia.
Por ello,
de Educación Técnica dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, Lic. Claudia Aida BRAIN M.I. N
20.528.364, la firma del despacho de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

Art. 2.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Art. 1.-ENCARGAR

a
la Sra. Subdirectora de Jurisdicción
FDO.: HORACIO A. FERREYRA, MINISTRO DE EDUCACIÓN

Resolución N 775
Córdoba, 13 de diciembre de 2023
VISTO: La necesidad de delegar en funcionarios dependientes de la Dirección General de Educación Secundaria, la firma del despacho de la Dirección General de ese organismo, en virtud de la vacancia del cargo;
Y CONSIDERANDO:

Que la referida medida tiene como fin, evitar que se resienta el normal funcionamiento de la Dirección General de Educación Secundaria, en lo que respecta al diligenciamiento de las actuaciones administrativas y jurídicas de su competencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1.- ENCARGAR a la Sra. Subdirectora de Jurisdicción de Educación Rural dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria, Prof. María Cecilia SOISA M.I. N 26.672.151, la firma del despacho de la Dirección General de Educación Secundaria.
Art. 2.-PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: HORACIO A. FERREYRA, MINISTRO DE EDUCACIÓN

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N 210 - Serie:C
12 de diciembre de 2023
VISTO: La presentación efectuada por los ujieres de este Poder Judicial relacionada con la actualización del valor arancelario por el diligenciamiento de las cédulas de notificación.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Reglamentario N 209 - Serie C, del 08/11/2023, este Tribunal Superior de Justicia estableció, a partir del 15
de noviembre del 2023, un arancel por el diligenciamiento de cada cédula de notificación realizado por los Ujieres del Centro Judicial Capital, consistente en la suma de Pesos Trescientos Cuarenta $340,00, y dispuso además que el nuevo valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia, sea de Pesos Trescientos Noventa $390,00. Asimismo, determinó un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de urgente solicitadas por la parte en el proceso judicial, el que se fijó en la suma de Pesos Quinientos Cuarenta $540,00 para las diligenciadas en Capital, y en Pesos Quinientos Sesenta $560,00 para las diligenciadas en el interior de la Provincia.
Que a los fines de compensar los incrementos de precios verificados en el último período, a un monto tal que resulte exclusivamente reparatorio del costo que los Ujieres tienen que soportar por su labor, se sugiere inBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

crementar el valor por diligenciamiento de cédulas de acuerdo el siguiente detalle: la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta $460,00 por cédula de notificación diligenciada en Córdoba Capital, y de Pesos Quinientos Treinta $530,00 para la zona de actuación de los Ujieres en el interior de la Provincia, y por cédulas de notificación solicitadas por la parte con carácter de urgente, la suma de Pesos Setecientos Treinta $730,00 para Capital y Pesos Setecientos Sesenta $760,00 para el interior.
Por todo ello, y conforme la intervención del Administrador General de este Poder Judicial, SE RESUELVE:
1.- DEJAR sin efecto los aranceles establecidos en el Acuerdo Reglamentario N 209/2023 - Serie C, del Tribunal Superior de Justicia, a partir del 15/12/2023.
2.- ESTABLECER en la suma de Cuatrocientos Sesenta $460,00 el valor arancelario a cobrar por cédula de notificación diligenciada en Sede Judicial de Córdoba Capital, y en de Pesos Quinientos Treinta $530,00
por cédula de notificación diligenciada en el interior de la Provincia por Ujieres de este Poder Judicial, a partir del 15 de diciembre de 2023.
3.- DISPONER un arancel diferenciado por el diligenciamiento de las cédulas de notificación con carácter de urgente solicitadas en el proceso judicial, el que quedará establecido en la suma de Pesos Setecientos
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/12/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/12/2023

Page count26

Edition count4136

First edition01/02/2006

Last issue10/05/2024

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