Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/12/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

año 2022 los incrementos promedio de los impuestos provinciales entre el 41% y el 57%. Con sólo contrastar esto con los aumentos salariales alcanzados tras rudas negociaciones gremiales que apenas rozan el 40%, pero pagaderos en una suma fija de $4000 y desdoblada en 2 dos!
cuotas que, de más está decirlo, pero igualmente lo haré: a la hora de percibirlas como anticipo de paritarias, ya se encontrarán absolutamente licuadas por la inflación.

Esta vocalía no puede emitir su voto de manera indiferente a estas cuestiones. Por lo que, sin perjuicio de entender que el expediente en tratamiento trata sobre una resolución ya aprobada por el voto de la mayoría del Directorio, y en un contexto diferenciado al presente, mi voto es NEGATIVO.
Así voto Que atento a lo dispuesto por el artículo 1º de la Resolución General del ERSeP Nº 01/2001 modificada por Resolución General ERSeP Nº 06/2004, el Directorio del ERSeP dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización.
Que por todo ello, normas citadas, el Informe de la Sección Técnica de la Gerencia de Energía Eléctrica, el Dictamen emitido por el Servicio Jurídico de la Gerencia de Energía Eléctrica y en uso de sus atribuciones legales conferidas por los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835
-Carta del Ciudadano-, el Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP por mayoría Voto del presidente, Mario A. Blanco, y de los vocales José Luis Scarlatto, Luis A. Sanchez y Walter Scavino;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBANSE los incrementos detallados en el Anexo I de la presente, aplicables a los servicios prestados a partir del mes de diciembre de 2021, sobre los Cargos Fijos, Tasas, Cargos por Energía y Cargos por Potencia incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias listadas en el Anexo II de la presente, pertenecientes al Grupo A, a implementarse sobre las tarifas determinadas según las previsiones de la Resolución General ERSeP Nº 29/2021; los cuales contemplan los ajustes derivados del incremento de costos verificado para el primer trimestre de 2021 y el tercer tramo de la redeterminación de las
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 249
CORDOBA, R.A. JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

actualizaciones de Cargos Fijos, relativas a los ajustes otorgados en forma previa al dictado de la Resolución General ERSeP Nº 27/2019.
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que, sin perjuicio del presente procedimiento, las Tarifas para Generación Distribuida aplicables por las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba alcanzadas, se mantienen idénticas a las aprobadas como Anexo Nº 5 de la Resolución General ERSeP Nº 66/2021.
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE que, para las Distribuidoras alcanzadas por la presente, en los casos que corresponda, los cargos de la TARIFA Nº 9 SERVICIO DE PEAJE, de la Estructura Tarifaria Única aprobada por Resolución General ERSeP Nº 17/2008, o sus equivalentes en el caso de Cooperativas Concesionarias que no hubieran llevado a cabo la adecuación de su Cuadro Tarifario conforme a lo dispuesto por dicha norma, deberán calcularse acorde a la metodología descripta en los Considerandos de la Resolución General ERSeP Nº 14/2011, tomando como referencia las tarifas para usuarios finales que surjan de la aplicación de los artículos precedentes y las tarifas de compra respectivas.
ARTÍCULO 4º: DISPÓNESE que, para las Distribuidoras alcanzadas por la presente, los incrementos aprobados por los artículos precedentes deben aplicarse sobre las tarifas determinadas a partir del traslado de los ajustes dispuestos por la Resolución General ERSeP Nº 29/2021 y en forma previa a la implementación de toda Resolución de ajuste posterior.
ARTÍCULO 5º: DISPÓNESE que el cobro de Mayores Costos Operativos y/o su incorporación a tarifas en virtud de las previsiones del artículo 21.6 del Contrato de Concesión, debe ajustarse al procedimiento establecido en la Resolución General ERSeP Nº 57/2017, cabiendo ante cualquier contravención, la aplicación de las penas allí previstas.
ARTÍCULO 6º: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dese copia y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSE LUIS SCARLATTO, VICEPRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER OSCAR SCAVINO, VOCAL - FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ANEXO

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
FE DE ERRATAS
En la edición Año CVIII Tomo DCLXXXIII N 243 del día 25 de Noviembre de 2021, en la Secc. N 1 Pag. 5, se publicó la Resolución N 79 de fecha 19/10/2021 del Ministerio de Ciencia Y Tecnología de la Provincia,
de su publicación en el Boletín Oficial y en el Portal Web Oficial de Compras y Contrataciones, conforme lo establece el Artículo 8 Punto 8.2.2.2.1
del Decreto N 305/14 reglamentario de la Ley N 10.155. Que finalizada la subasta y efectuado el periodo de lances en el lapso establecido en el llamado, electrónicamente se generó un Acta de Prelación, en los términos
por error en los Considerandos, DONDE DICE: Que en las presentes actuaciones se gestiona, mediante el procedimiento de selección de subasta electrónica inversa, la contratación del servicio de capacitaciones en Física y Química para el Ministerio de Ciencia y Tecnología destinadas a niñas, niños y jóvenes de 8 a 18 años. Que a tales fines se procedió a efectuar el llamado a participar del mencionado procedimiento de selección, con información a los proveedores de las condiciones de contratación, a través
del Artículo 8.2.2.4.1, de la cual se desprende que se recibieron dos 2
ofertas por parte de dos 2 proveedores participantes.Que habiendo resultado primero en el orden de prelación la oferta presentada por el proveedor LEONI NICOLAS FRANCISCO CUIT 23343161549, se le cursó Cédula de Notificación donde se le notificó el Acta de Prelación y se le emplazó para que en el término de cinco 5 días hábiles presente la documentación requerida para considerar la oferta económica realizada. Que una de
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/12/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date02/12/2021

Page count17

Edition count4153

First edition01/02/2006

Last issue04/06/2024

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