Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/12/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 272
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
1

a SECCION

PODER EJECUTIVO
Decreto N 1583
Córdoba, 27 de diciembre de 2021
VISTO: el Expediente N 0002-034009/2021 del registro de la Policía de la Provincia de Córdoba, dependiente del Ministerio de Seguridad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la señora Jefa de la Policía de la Provincia propicia el pase a situación de Retiro Obligatorio del Personal Superior y Personal Subalterno nominados en autos, en el marco de lo dispuesto por el artículo 32, inciso f, de la Ley N 9235, y el Título V, Capítulo I Retiros y Pensiones Policiales de la Ley N 9728.
Que de las constancias de autos surge que la medida de que se trata encuentra su fundamento jurídico en las previsiones del artículo 113, incisos a y g, de la Ley N 9728, en correlación con los artículos 81, inciso c, y 84, de la Ley N 8024 T.O. Decreto N 407/2020, según lo especificado para cada caso.

Que el pase a situación de Retiro Obligatorio debe ser entendido como un sistema de inestabilidad permanente, que encuentra su justificación jurídica en el reconocimiento de una necesidad objetiva de la Institución Policial, consistente en la renovación periódica de sus cuadros para provocar el estímulo y evitar así su estancamiento.
Que la valoración previa de los antecedentes funcionales o la explicación concreta de las razones de servicio no resultan indispensables, toda vez que la propia norma consagra la causal de retiro citada, en razón de la naturaleza misma de la medida a la que sirven de causa, ya que en modo alguno constituye ello una sanción, sino la implementación formal del derecho constitucional en su aspecto previsional.
Que la situación del personal, cuyo retiro se gestiona, fue tratada en por la Junta de Retiros para Oficiales Subalternos y Personal Subalterno, conforme actas de fechas del 23, 24, 25 y 29 de noviembre del corriente año; la Junta de Retiros para Oficiales Jefes del 30 de noviembre de 2021;, y la Junta de Retiros para Oficiales Superiores del 1 de diciembre de 2021;
ello, según lo establecido por el artículo 51, inciso a, de la Ley N 9728, habiendo tomado la participación de su competencia el Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, consignando los antecedentes sumariales de los nominados.
Que respecto del personal policial, cuyo pase a situación de retiro se gestiona, y que se encontraría bajo actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite, a tenor del informe del citado Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, procede disponer la medida propiciada de manera condicionada a las resultas de los procesos pendientes y las eventuales sanciones que correspondan.

Que se acompaña el Visto Bueno del señor Ministro de Seguridad a lo tramitado en estos obrados.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1583 Pag. 1
Decreto N 1584 Pag. 2
PODER LEGISLATIVO
Decreto N 457 Pag. 2
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N 99 Pag. 4
Resolución N 103 Pag. 4
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 390 Pag. 5
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N 78 Pag. 5

Continúa en Pag. 2

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley N 9728, lo dictaminado por la Dirección Asesoría Letrada de la Policía de la Provincia al N 1888/2021, por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Seguridad con el N
795/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N 1110/2021 y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144, inciso 1º, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DISPÓNESE el pase a situación de Retiro Obligatorio, a partir de la fecha de este instrumento legal, del Personal Superior y Personal Subalterno de la Policía de la Provincia de Córdoba, nominado en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja útil, forma parte de este Decreto;
ello, sin perjuicio de transformarse la medida aquí dispuesta en una sanción de tipo segregativa para los nominados en el Anexo II, el que compuesto de una 1 foja útil, integra este acto, en caso de resultarles adversa la resolución de la causa judicial y/o administrativa en la que se encuentran involucrados.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Seguridad y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Policía de la Provincia de Córdoba, notifíquese, y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - ALFONSO FERNANDO MOSQUERA, MINISTRO DE SEGURIDAD - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

1

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/12/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date30/12/2021

Page count18

Edition count4126

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

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