Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/08/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 175
CORDOBA, R.A. JUEVES 26 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

rizada por el Artículo anterior, los que como Anexos I y II con seis 6 y cinco 5 fojas útiles respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.

Computarizados del P.V.; por el período enero a diciembre de 2022, 21.813
horas, $ 71.328.510.- y por el período enero a febrero de 2023, 3.635 horas, $ 11.886.450 como importe futuro.

Artículo 3º El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, por la suma total de PESOS CIENTO SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS $ 106.994.400.-
se imputará como sigue: por el periodo setiembre a diciembre de 2021, 7.272 horas, $ 23.779.440.- a Jurisdicción 1.15 Ministerio de Finanzas-, Programa 159-001, Partida 3.05.07.00 Servicios de Informática y Sistemas
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 242
Córdoba, 13 de julio de 2021
VISTO: este expediente por el cual la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como Coordinadora de la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único, propicia la contratación de dicho Consorcio a los fines de la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO DE CAMINO DE LA RED SECUNDARIA S-280 Y S-237
- TRAMO: RUTA NACIONAL N 8 LA GILDA SAN AMBROSIO LA
BRIANZA RUTA PROVINCIAL N 24 DEPARTAMENTO RIO CUARTO PROVINCIA DE CÓRDOBA, por la suma de $ 361.818.743,74 y la autorización para fijar el porcentaje de contribución por mejoras a cargo de los beneficiarios.
Y CONSIDERANDO:
Que consta providencia del señor Presidente del Consorcio Caminero Único instando la contratación de la obra de que se trata, atento a que la obra de mejoramiento es vital para el desarrollo productivo de la zona, con un tránsito de autos, camiones y maquinarias agrícolas, particularmente intenso en épocas de siembra y cosecha, según surge del Capítulo I, Punto I.2.1. del Legajo Único para Contratación.
Que la Jefatura de Departamento I - Conservación de Pavimentos de la Dirección Provincial de Vialidad acompaña documentación técnica que consiste en el Legajo Único para Contratación, compuesto por cinco 5
Capítulos, que incluyen el Objeto y Objeto Detallado, Encuadre Legal y Condiciones de Contratación, Cómputo Métrico, Pliego Particular de Condiciones y Especificaciones Técnicas, Régimen de Redeterminación de Precios y Presupuesto Oficial actualizado al mes de marzo de 2021.
Qué, asimismo, consta en autos Presupuesto, Curva de Inversión y Plan de Avance para la ejecución de la obra de referencia, suscriptos por el Presidente del Consorcio Caminero Único, por un total de $ 361.818.743,74
con IVA incluido, que corresponde a valores de mercado según actividades de cotización que realizara oportunamente este Consorcio Caminero Único a precios de abril 2021.

Que obran en autos conformidades de los beneficiarios, como también la Resolución Ministerial Nº 200/2021 por la cual se dispone la apertura del Registro de Opositores de la Obra, en los términos del artículo 3º de la Ley Nº 10.546 y artículo 14 del Anexo Único al Decreto Reglamentario Nº 1.053/2018, constando la correspondiente publicación en el Boletín Oficial.
Que la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como Coordinadora de la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

del Consorcio Caminero Único, informa que ningún contribuyente manifestó su oposición a la ejecución de referencia, concluyendo una oposición del 0%. Como la oposición registrada es menor al 50%, se observa que se está en condiciones de proceder a la contratación de la obra , razón por la cual insta la prosecución del trámite de que se trata.
Qué asimismo, surge de lo informado en autos que el valor total de la contribución por mejoras asciende a la suma de $ 180.909.371,87 equivalente al 50% del valor de la obra, que deberá ser pagado en tres 3 cuotas anuales una vez terminada la obra, la cual se estima para agosto de 2023, indicándose que para la financiación mencionada se tendrá en cuenta la evolución del índice del costo de la construcción ICC-Cba, publicado por la Dirección de Estadísticas y Censos de Córdoba y que El aporte restante del valor total de la obra estará a cargo de la Provincia.
Que consta conformidad del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario FDA para abonar los fondos correspondientes.

Que la Dirección General de Administración de este Ministerio ha agregado Documento Contable Nota de Pedido Nº 2021/000295, que certifica la reserva presupuestaria para hacer frente a la erogación que la gestión demanda.
Que obra Dictamen Nº 284/2021 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que lo propiciado en autos encuentra su fundamento en las previsiones del artículo 7º - inciso b
punto 4 de la Ley Nº 8.614, modificada por Ley Nº 10.417, artículo 2º de la Ley Nº 10.546, artículo 2º de la Ley Nº 6.233 y Ley Nº 10.220.
Que dicha asesoría manifiesta también que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 10.546, Decreto Nº 1.053/2018, Ley Nº 10.622, Resoluciones Ministeriales Nros. 250/2018 y 100/2019 y competencias específicas de la Unidad Ejecutora, entendiendo que dicha Unidad dentro de su competencia específica se ha expedido en relación a la documental técnica obrante en autos y la conveniencia de contratar con el Consorcio Caminero Único artículo 4º - incisos c y o de la mencionada Resolución considera que puede autorizarse a la referida Unidad Ejecutora a contratar en forma directa con el Consorcio Caminero Único en los términos propiciados.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 284/2021 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el CONSORCIO CAMINERO ÚNICO la realización de la obra: MEJORAMIENTO DE CAMINO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/08/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date26/08/2021

Page count13

Edition count4137

First edition01/02/2006

Last issue11/05/2024

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