Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/08/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 172
CORDOBA, R.A. LUNES 23 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

de la legislación vigente, estudiar la política apícola provincial, impulsar la enseñanza y fomentar la apicultura y actividades conexas como así también la industrialización de sus productos y derivados.
Que según consta en Acta N 4 el día 13 de Julio de 2021, se llevó a cabo la última reunión del Consejo Asesor Apícola en la que se votó, acordó y aprobó el Reglamento Interno del Consejo Asesor Apícola con el fin de dar un marco normativo regulatorio claro y específico para el funcionamiento del mismo.
Que dicha reunión se realizó con la participación de los Consejeros electos, representantes de instituciones, entidades y organismos involucrados con la producción apícola que participan del Consejo Asesor Apícola y fue presidida por la Secretaria de Ganadería de este Ministerio.

Por ello, lo establecido por la Ley N 8079, su modificatoria y su Decreto Reglamentario N 869/93 y en uso de sus atribuciones;

EL MINISTRO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 APROBAR el Reglamento Interno, votado por los miembros del Consejo Asesor Apícola en la reunión de fecha 13 de Julio de 2021, según surge del Acta N 4 del mencionado órgano, el que como Anexo I se incorpora a la presente.
ARTÍCULO 2 PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese.
FDO: SERGIO SEBASTIAN BUSSO MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.
ANEXO

Resolución N 137
Córdoba, 18 de agosto de 2021
VISTO: La necesidad de implementar un Programa de Propiedad Responsable de Equinos a los fines del acabado cumplimiento de los objetivos de la Ley N 5542 de Marcas y Señales;
Y CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Agricultura y Ganadería es Autoridad de Aplicación de la Ley N 5542, mediante la que se establece la obligación de marcar el ganado mayor y la manera en que debe hacerse.
Que, en consecuencia, resulta obligatorio para los propietarios marcar el ganado equino que resulte de su propiedad.
Que, actualmente, existe una numerosa cantidad de equinos que por distintos motivos no cuentan con una marca, lo que imposibilita conocer los propietarios de los mismos, resultando necesario también dar respuesta a la preocupación manifiesta de los Municipios con respecto a los equinos sin marca.

Que, por seguridad pública y social es necesario procurar que los equinos se encuentren marcados según lo establecido en la ley, determinando un propietario responsable de sus animales.
Que, a los fines de subsanar la falta de marcación del ganado equino se propone la implementación del Programa de Propiedad Responsable de Equinos de la Provincia de Córdoba el que tiene por objeto la regularización de la propiedad mediante la identificación con una marca, destinado a aquellos propietarios que posean hasta diez 10 animales. Asimismo, se pretende generar una base de datos que permita obtener información relevante de las existencias y su condición sanitaria, lo que redundará en mayores beneficios a la hora de diagramar políticas públicas para el sector.

Que el Programa de Propiedad Responsable de Equinos de la Provincia de Córdoba se llevará a cabo teniendo en cuenta la utilización de técnicas de bienestar animal para el marcado, con el objetivo de concientizar a los propietarios sobre procedimientos menos dolorosos para los animales.
Que, a los fines de la implementación del Programa de Propiedad Responsable de Equinos de la Provincia de Córdoba se propone llevar adelante un plan piloto a través de la suscripción de Convenios de Co-

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laboración con Municipios y Comunas de todo el Territorio Provincial, lo que permitirá la creación de canales accesibles para que los propietarios obtengan el boleto y realicen la marcación de su ganado equino en los términos de la ley N 5542.
Por ello, la Ley N 5542 y su Decreto Reglamentario N 163/2003 y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N 1615/2019, sus modificatorios y ratificado por Ley N 10.726;
EL MINISTRO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE
Artículo 1 CREAR el Programa de Propiedad Responsable de Equinos de la Provincia de Córdoba, en el ámbito de la Secretaria de Ganadería, el que tiene por objeto la regularización de la propiedad de los equinos de la Provincia de Córdoba, mediante la identificación con una marca, destinado a aquellos propietarios que posean hasta diez 10 animales y, asimismo, generar una base de datos que permita obtener información relevante de las existencias y su condición sanitaria, lo que redundará en mayores beneficios a la hora de diagramar políticas públicas para el sector, el que forma parte del presente instrumento legal como ANEXO I.
Artículo 2 APRUÉBESE el modelo de Convenio de Colaboración para ser suscripto por los diferentes Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba que participen en la implementación del Programa de Propiedad Responsable de Equinos de la Provincia de Córdoba, el que forma parte de la integrante de la presente Resolución como ANEXO II.
Artículo 3 PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese.
FDO: SERGIO SEBASTIAN BUSSO MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/08/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date23/08/2021

Page count4

Edition count4138

First edition01/02/2006

Last issue13/05/2024

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