Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 28/12/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Viernes, 28 de diciembre de 2018

Núm. 148

Artículo 3.- Sujeto pasivo.
son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el art. 35.4 de la ley General tributaria que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la tramitación del documento o expediente de que se trate.
Artículo 4.- Responsables.
1.- responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, las personas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la ley General tributaria.
2.- serán responsables subsidiariamente los administradores de las sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el art. 43 de la ley General tributaria.
Artículo 5.- Exenciones.
no se considerarán otras exenciones que las previstas en normas con rango de ley.
Artículo 6.- Cuota tributaria.
la cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza de los documentos o expedientes a tramitar, de acuerdo con la tarifa que contiene el artículo siguiente.
Artículo 7.- Tarifas.
las tarifas se estructurarán en los siguientes epígrafes:
tarifa 1.- tramitación de expedientes y expedición de documentos:
1.- Bastanteo de poderes para cobro de cantidades o para representación en actos administrativos: 25,20 euros 2.- certificaciones de documentos o libros expedidas por secretaría, intervención u otras dependencias Provinciales:
del año en curso, por cada folio: 2,00 euros de años anteriores, por cada folio: 3,35 euros 3.- certificaciones expedidas por el servicio de recaudación de tributos:
Por cada certificado de estar al corriente en el pago de las deudas referentes a un objeto tributario: 3,35 euros 4.- certificaciones expedidas por el servicio de Gestión tributaria y recaudación de tributos:
del año en curso, por cada objeto tributario: 2,00 euros.
de años anteriores, por cada objeto tributario: 3,35 euros.
los certificados que contengan información individualizada de varios ejercicios, referido siempre a un objeto tributario, a la cantidad antes referida, se incrementará por cada año de referencia en 0,50 euros 5.- Por expedición de copias en papel o en soporte electrónico:
Por cada folio fotocopiado: 0,08 €.
Grabación de un cd o dVd:
- coste fijo del cd: 0,36 €.
- coste fijo del dVd: 0,57 €.
- coste fijo de la grabación: 1,74 €.
- coste variable por cada digitalización documental: 0,06 €.

BOPSO-148-28122018

Pág. 3583

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 28/12/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date28/12/2018

Page count84

Edition count2686

First edition04/05/2005

Last issue29/05/2024

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