Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 18/7/2023 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

BOCCE Extraordinario Nº50

Martes 18 de Julio de 2023

OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

135.-

DAR PUBLICIDAD A LA PROPUESTA DE RESOLUCION DEFINITIVA DEL DIRECTOR DE LA SOCIEDAD DE DESARROLLO PROCESADE FECHA 14 DE JULIO DE 2023 RELATIVA A LA CONCESION DE SUBVENCION PUBLICA PARA LA EJECUCIÓN DE TALLERES FORMATIVOS CON CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD PARA LA MEJORA DE LAS CUALIFICACIONES Y FORMACIÓN EN ALTERNANCIA PARA EL
EMPLEO, DESTINADAS A FINANCIAR PROGRAMAS MIXTOS DE EMPLEO Y FORMACIÓN, EN EL MARCO
P.O.FSE CEUTA 2014-2020 REACT-UE.
Los Programas Mixtos de Empleo y Formación son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en la ejecución de obras o servicios de utilidad pública o interés social y cumplen la finalidad aumentar la empleabilidad de las personas desempleadas, a través de adquisición de competencias profesionales adaptadas a las necesidades del mercado.
Las ayudas que regula esta disposición están incluidas en El Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea el 24 de agosto de 2015, modificado por Decisión de Ejecución de la Comisión C20215682, de 23 de julio de 2021, así como en los criterios de selección de operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento el 11 de enero de 2016
versión junio 2021. La operación persigue alcanzar el objetivo específico R.1.1-OE REACT-UE 1 de la Prioridad de Inversión R.1. del Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020 y al menos uno de los resultados previstos para el citado objetivo, a saber, aumentar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo y de las personas afectadas por el desempleo, incluidas personas desempleadas de larga duración y de más edad, a través de adquisición de competencias profesionales, adaptadas a las necesidades del mercado.
Estos programas serán financiados por el Fondo Social Europeo como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19, en un porcentaje del 100 %, a través del eje prioritario R REACT-UE, objetivo temático Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía; prioridad de inversión R.1 Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía; objetivo específico R.1.1 OE REACT-UE 1 Apoyar el acceso al mercado de trabajo, la creación de puestos de trabajo y el empleo de calidad, así como el mantenimiento del empleo, incluido el empleo juvenil, y el apoyo a los trabajadores por cuenta propia y a los emprendedores.
El artículo 61.1 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece la posibilidad de que las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos, puedan incorporar la convocatoria de las mismas, por lo que mediante esta orden se aprueban conjuntamente la orden de bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para 2021.
De conformidad con lo establecido en la Resolución de aprobación de las Bases Reguladoras y la correspondiente convocatoria, publicadas en el BOCCE 6.281, de fecha 24 de febrero de 2023, mediante Decreto de la Consejera de Hacienda, Economía y Función Pública de fecha 14 de febrero de 2023, se establece un procedimiento en régimen de concurrencia competitiva en el que, según lo establecido en la base 8 de la normativa en vigor, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Consejerías que formen parte de la estructura administrativa de la Ciudad Autónoma de Ceuta, que sean competentes o tengan autorizada la ejecución de las correspondientes obras o servicios de utilidad pública o interés social, y que dispongan de la capacidad técnica y de gestión suficiente para la realización de los proyectos en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Las obras o servicios que pudieran generarse en los proyectos no serán en ningún caso objeto de comercialización o lucro de la entidad beneficiaria.
Así mismo, en la citada Resolución de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública, se indica el importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas a la realización de talleres mixtos de formación y empleo. Para la primera convocatoria del ejercicio 2023, se han asignado, TRES MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS Y CUARENTA Y OCHO CENTIMOS DE EURO 3.704.488,48.-Euros, con cargo al Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020, Eje Prioritario R REACT-UE.
Las subvenciones objeto de las presentes bases serán financiadas, con un porcentaje máximo del 100%, con cargo a los fondos de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa REACT-EU, a través del Programa Operativo FSE
Ceuta 2014-2020.
De conformidad con la Base 11. Procedimiento de concesión, Las subvenciones que se concedan por la Ciudad Autónoma de Ceuta, con cargo al Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020, lo serán con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados para el establecimiento de las mismas y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, por el cual la concesión de subvenciones se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer un orden de prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las presentes bases y en la correspondiente convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, a aquellas que hubieren obtenido mayor puntuación en la valoración y aplicación de los citados criterios, aplicándose la excepción del artículo 55.1 del Real Decreto887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 18/7/2023 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date18/07/2023

Page count6

Edition count488

First edition31/03/2004

Last issue09/05/2024

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