Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 11/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 11 de diciembre de 2023

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3. La realización del hecho imponible que corresponda, de entre los definidos en el apartado anterior por el orden en él establecido, determinará la no sujeción del inmueble a las restantes modalidades en el mismo previstas. En los inmuebles de características especiales se aplicará esta misma prelación, salvo cuando los derechos de concesión que puedan recaer sobre el inmueble no agoten su extensión superficial, supuesto en el que también se realizará el hecho imponible por el derecho de propiedad sobre la parte del inmueble no afectada por una concesión.
4. A los efectos de este impuesto tendrán la consideración de bienes inmuebles rústicos, de bienes inmuebles urbanos y de bienes inmuebles de características especiales los definidos como tales en las normas reguladoras del Catastro inmobiliario.
5. En caso de que un mismo inmueble se encuentre localizado en distintos términos municipales se entenderá, a efectos de este impuesto, que pertenece a cada uno de ellos por la superficie que ocupe en el respectivo término municipal.
Artículo 2. Inmuebles no sujetos No están sujetos a este impuesto:
a Las carreteras, los caminos, las demás vías terrestres y los bienes del dominio público marítimo-terrestre e hidráulico, siempre que sean de aprovechamiento público y gratuito.
b Los siguientes bienes inmuebles propiedad de los municipios en que estén enclavados:
Los de dominio público afecto a uso público.
Los de dominio público afecto a un servicio público gestionado directamente por el Ayuntamiento, excepto cuando se trate de inmuebles cedidos a terceros mediante contraprestación.
Los bienes patrimoniales, exceptuados igualmente los cedidos a terceros mediante contraprestación.
Artículo 4. Bonificaciones AEmpresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria 1. Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota íntegra del impuesto, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a esta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.
2. El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder de tres periodos impositivos.
3. La concesión de la prórroga en el beneficio fiscal para los ejercicios respecto de los que pudiera resultar de aplicación, hasta completar el plazo máximo de disfrute del mismo permitido por la Ley, queda sometida a la aportación en el plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al devengo del impuesto de los correspondientes ejercicios, de la documentación que en cada caso se indique en el decreto de concesión inicial de dicha bonificación.
La no aportación en dicho plazo de la precitada documentación, tendrá como consecuencia la pérdida del derecho a gozar de la bonificación para aquellos ejercicios ya devengados.
4. Para el disfrute de esta bonificación será necesario formular solicitud expresa con anterioridad al inicio de las obras; debiéndose acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
En el supuesto de que la empresa actúe por medio de representante, identificación de este y aportación del título del que derive la representación.
Acreditación de que la empresa solicitante se dedica a la actividad de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, lo que se realizará mediante la presentación de los estatutos de la entidad, si los hubiere. En otro caso, se aportará copia del modelo 036.

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Número 234

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 11/12/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date11/12/2023

Page count43

Edition count5541

First edition15/01/2001

Last issue12/05/2024

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