Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 20/2/2019 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Miércoles, 20 de febrero de 2019

Página 100

a Ostentar la representación del Consejo y dirigir su actividad.
b Convocar sesiones y presidirlas, moderando el desarrollo de los debates y dirimiendo las votaciones en caso de empate.
c Asegurar el cumplimiento de los acuerdos.
d Resolver, oída la Comisión Permanente, las dudas que se presenten en la aplicación del presente reglamento.
e Informar a la Corporación de los acuerdos del Consejo Municipal de Mayores.
f Ejercer cuantas funciones le encomiende la Asamblea General siempre que sean inherentes a su condición.
La Presidencia del Consejo recaerá en la Alcaldía, quien podrá delegar en el/la Concejal/a responsable de Bienestar Social y Mayores.
Artículo 19. Vicepresidencia La Vicepresidencia será ejercida por una representante de las entidades asociativas de mayores pertenecientes al Consejo, elegida por voto directo, en el seno de la Asamblea, entre aquellas candidatas que se presenten y que obtenga la mayoría absoluta de los votos de las asistentes. En caso de que ninguna de que ninguna obtenga la mayoría absoluta, será elegida en mayoría simple en una segunda votación.
La Vicepresidencia colaborará con la Presidencia y sustituirá a esta en caso de vacante, ausencia o enfermedad, poniéndolo en conocimiento de la Comisión Permanente.
Artículo 20. Secretaría 1. La Secretaría es el órgano al que compete la gestión administrativa de los asuntos del Consejo Municipal de Mayores y la asistencia al mismo.
2. La Secretaría será designada por la Presidencia del Consejo de entre el personal adscrito a la Concejalía de Bienestar Social y Mayores del Ayuntamiento de Torrox.
3. La Secretaría actuará con voz pero sin voto en la Asamblea General y en la Comisión Permanente bajo la superior autoridad de la Presidencia.
Artículo 21. Funciones de la Secretaría Las funciones de la Secretaría son:
a Asistir a la Presidencia en la Asamblea General y en la Comisión Permanente en todos los asuntos inherentes a su condición para los que se le requiera.
b Efectuar las convocatorias de las sesiones por orden de la Presidencia así como las citaciones a componentes del Consejo, enviando la documentación correspondiente.
c Levantar acta de las sesiones.
d Llevar de forma autorizada el registro de las componentes y representantes, como de las altas y bajas.
e Recibir las notificaciones, peticiones de datos rectificaciones o cualquier otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.
f Emitir notificaciones de los acuerdos del Consejo Municipal de Mayores.
g Custodiar y remitir copia de las actas al Ayuntamiento.
h Cuantas otras funciones le sean encomendadas por los órganos de gobierno y sean inherentes a su condición.

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Número 35

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 20/2/2019 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date20/02/2019

Page count34

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First edition20/02/2001

Last issue08/06/2024

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