Periódico Oficial del Estado de México del día 06/12/2018 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

Página 16

6 de diciembre de 2018

En el supuesto de no existir ninguno de los casos anteriores, la instancia ejecutora deberá informar por escrito a la Unidad de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información, que no se integró padrón de beneficiarias y beneficiarios en el trimestre que se reporta.
Para el caso de que las instancias ejecutoras no cumplan con lo establecido en el presente Lineamiento, la Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Unidad de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información, lo informará a su órgano de control interno, a fin de que éstos procedan en términos de la normatividad correspondiente.
DE LA ESTRUCTURA DEL PADRÓN ÚNICO
DÉCIMO PRIMERO.- El Padrón Único de Beneficiarios se conformará con la estructura establecida en el lineamiento SÉPTIMO, de acuerdo con las características de cada programa de desarrollo social, de cada una de las instancias ejecutoras.
DE LA DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN
DÉCIMO SEGUNDO.- Las instancias ejecutoras serán las responsables de tener permanentemente integrados, actualizados y disponibles, los padrones de beneficiarias y beneficiarios de los programas de desarrollo social a su cargo, conforme al artículo 92, fracción XIV, inciso p de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.
DE LOS DATOS PERSONALES
DÉCIMO TERCERO.- Los datos personales de beneficiarias y beneficiarios, que sean recabados por las instancias ejecutoras como requisitos para acceder a los programas de desarrollo social, serán protegidos y tratados en términos de lo que establece la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados en el Estado de México y Municipios, así como la demás normatividad aplicable de la materia.
DE LA INTERPRETACIÓN
DÉCIMO CUARTO.- La Secretaría de Desarrollo Social a través de la Unidad de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información, en el ámbito de su competencia, será la encargada de interpretar y atender los casos no previstos en los presentes Lineamientos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquense los presentes Lineamientos en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno y continuarán vigentes hasta en tanto no sean modificados o abrogados.
TERCERO.- Se abrogan los Lineamientos y Criterios para la Integración y Actualización de los Padrones de Beneficiarias/os y para la Administración del Padrón Único de los Programas de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de México, publicados en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, el 30 de noviembre de 2017.
Dado en el Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintidós días del mes de agosto de 2018.

ATENTAMENTE

LIC. FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 06/12/2018 (Sección Tercera)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

PaysMexique

Date06/12/2018

Page count16

Edition count3227

Première édition05/01/2000

Dernière édition16/02/2024

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