Periódico Oficial del Estado de México del día 19/10/2016 (Sección Séptima)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

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19 de octubre de 2016

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN ANA LILIA HERRERA ANZALDO, SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 15, 19 FRACCIÓN VI, 29 Y 30 FRACCIONES I Y XV DE LA LEY ORGÁNICA DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 27 FRACCIONES XXI Y XLVII DE LA LEY DE
EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO; 6 FRACCIONES I, XI Y XV DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN; Y
CONSIDERANDO
Que uno de los objetivos del Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, consiste en impulsar la vinculación efectiva de la educación superior con los sectores público, privado y social; así como fomentar una cultura de respeto y protección a los animales.
Que para la consecución de esos objetivos y en una respuesta concertada del Gobierno Estatal a las demandas de la población mexiquense, fue creado el Programa Rector de Bienestar Animal, cuyo objetivo es difundir y promover las acciones que fomenten la tenencia responsable y el trato digno a los animales; en donde los estudiantes o egresados de educación superior de instituciones públicas de las licenciaturas en Medicina Veterinaria y Zootecnia coadyuven con la realización de diversas actividades que fortalezcan los beneficios del Programa Rector de Bienestar Animal tales como:
apoyo en las jornadas de esterilización, pláticas de tenencia responsable y apoyo a la jurisdicción sanitaria que sea asignado.
Que se buscará promover con las autoridades competentes y las instituciones de educación superior cuya jurisdicción sea para el Estado, el desarrollo de programas de formación educativa en la cultura de protección, cuidado y bienestar dirigidos a los animales.
Que en virtud de los argumentos planteados, con base en los objetivos determinados en el Plan de Desarrollo antes mencionado, y a efecto de impulsar y sustentar el funcionamiento del Programa Rector de Bienestar Animal, ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA RECTOR DE BIENESTAR ANIMAL Y ESTABLECE SUS
REGLAS DE OPERACIÓN
PRIMERO.- Se crea el programa denominado Programa Rector de Bienestar Animal, al cual se destinarán los recursos que para este fin se determine y, cuya ejecución estará a cargo de la Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior.
SEGUNDO.- El Programa Rector de Bienestar Animal se regirá por las siguientes Reglas de Operación:
1. DEFINICIÓN DEL PROGRAMA.
El Programa Rector de Bienestar Animal, tiene como objetivo difundir y promover las acciones que fomenten la tenencia responsable y el trato digno a los animales; en donde los estudiantes o egresados de educación superior de instituciones públicas de la licenciatura en Medicina Veterinaria y Zootecnia, coadyuvarán con la realización de diversas actividades que fortalezcan los beneficios del Programa Rector de Bienestar Animal.
1.2. Derecho Social que atiende el Programa.
Derecho a la Educación.
2. GLOSARIO DE TÉRMINOS.
Para efectos de las presentes reglas, se entiende por:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 19/10/2016 (Sección Séptima)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

PaysMexique

Date19/10/2016

Page count36

Edition count218

Première édition05/01/2000

Dernière édition16/12/2022

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