Periódico Oficial del Estado de México del día 03/08/2016 (Sección Séptima)

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 2

3 de agosto de 2016

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 109
LA H. "LIX" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el artículo 4, la denominación del Capítulo IV del Título Tercero y se adicionan un quinto y sexto párrafos al artículo 65, la fracción XX al artículo 98 y se deroga la fracción V del artículo 47 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 4. Para efectos de esta ley se entiende:
I. Acciones Afirmativas: Al conjunto de medidas especiales de carácter temporal, correctivo, compensatorio y de promoción en favor de las servidoras públicas.
II. Dependencia: A la unidad administrativa prevista en los ordenamientos legales respectivos que, estando subordinada jerárquicamente a una institución pública, tenga un sistema propio de administración interna.
III. Institución Pública: A cada uno de los poderes públicos del Estado, los municipios y los tribunales administrativos; así como los organismos descentralizados, fideicomisos de carácter estatal y municipal, y los órganos autónomos que sus leyes de creación así lo determinen.
IV. Sala: A cualquiera de las Salas Auxiliares del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje.
V. Sala Oral: A cualquiera de las Salas Orales con las que contará el Tribunal y las Salas para su funcionamiento.
VI. Servidor Público: A toda persona física que preste a una institución pública un trabajo personal subordinado de carácter material o intelectual, o de ambos géneros, mediante el pago de un sueldo.
VII. Trabajador: A la persona física que presta sus servicios, en forma subordinada, en el Subsistema Educativo Estatal, mediante el pago de un sueldo o salario.
VIII. Tribunal: Al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje.
Para los efectos de esta ley no se considerarán servidores públicos a las personas sujetas a un contrato civil o mercantil.
ARTÍCULO 47.
I. a IV.
V. Derogada.
VI. a Xl.

CAPÍTULO IV
De la Jornada de Trabajo, de los Descansos y Licencias ARTÍCULO 65.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 03/08/2016 (Sección Séptima)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

PaysMexique

Date03/08/2016

Page count8

Edition count218

Première édition05/01/2000

Dernière édition16/12/2022

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2016>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031