Periódico Oficial del Estado de México del día 30/06/2016 (Sección Novena)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

Página 12

30 de junio de 2016

Que en términos del artículo 3 del Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de México. La Entrega y Recepción se realizará cuando un servidor público se separe de su empleo, cargo o comisión, por cualquier motivo, incluyendo licencias, suplencias, encargos o Término del Periodo Constitucional.
La Entrega y Recepción también deberá llevarse a cabo en los casos de escisión, eliminación, readscripción, descentralización, desconcentración, extensión, liquidación o fusión, de Unidades Administrativas, Dependencias, u Organismos Auxiliares, según corresponda, que impliquen la transferencia total o parcial de Unidades Administrativas o funciones, independientemente de que haya continuidad de servidores públicos.
Que de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 4 del Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de México, la el titular de la Dependencia u Organismo Auxiliar determinará mediante acuerdo publicado en la Gaceta del Gobierno, a lasos servidoras es públicas osde puestos distintos a los señalados en este artículo, que sean responsables de fondos, valores, almacenes, bienes, documentos, funciones, actividades o asuntos que considere de importancia, como sujetos obligados al proceso de entrega y recepción, informando de ello, mediante oficio, a la Contraloría, por lo que se ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE ESTABLECE A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL
DEL ESTADO DE MÉXICO DE NIVELES DIVERSOS A LOS SEÑALADOS EN EL PÁRRAFO PRIMERO DEL
ARTÍCULO 4 DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y
DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO PARA LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, COMO SUJETOS
OBLIGADOS AL PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN.
PRIMERO.- En el Instituto de la Función Registral del Estado de México, además de lasos servidoras es públicas os que en el párrafo del artículo 4 del Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración pública del Estado de México, son sujetos obligados a la entrega recepción, lasos servidoras es públicas os que tengan a cargo las responsabilidades siguientes:
Responsable del Almacén Responsable del Parque Vehicular y distribución de Combustible Responsable del Control de Activo Fijo Administrador a de Bases de Datos Administradora de Sistemas Administradora de Telecomunicaciones Responsable del Archivo de Concentración del Instituto Responsable de Padrón de Manifestación de Bienes Representante de la Alta Dirección en los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad SEGUNDO.- Lasos servidoras es públicas os obligados por el presente acuerdo, deberán preparar la documentación que el proceso de Entrega Recepción requiera, y presentarla en tiempo y forma a las autoridades competentes de conformidad en lo dispuesto en el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración Pública del Estado de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
TERCERO.- El presente acuerdo deroga en su totalidad al publicado el 1 de julio de 2010 en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
Dado en las Instalaciones del Instituto de la Función Registral del Estado de México, cito en Avenida Doctor Nicolás San Juan sin número, colonia La Magdalena, Toluca Estado de México, a los treinta días del mes de junio de dos mil dieciséis.
M. EN D.C. TANIA LORENA LUGO PAZ
DIRECTORA GENERAL
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 30/06/2016 (Sección Novena)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

PaysMexique

Date30/06/2016

Page count12

Edition count67

Première édition27/02/2004

Dernière édition19/12/2018

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