Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/8/2019 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

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Periódico Oficial No. 34 Segunda Sección, Agosto 21 del 2019

VIII. Fungir como órgano de consulta en asuntos relacionados con la observación y aplicación del Código;

a El seguimiento a las actividades contempladas en el programa anual de trabajo;

IX.

Establecer y difundir de manera continua el procedimiento de recepción y atención de los incumplimientos al Código;

b El número de servidores públicos capacitados en temas relacionados con la ética y conducta, u otros temas relacionados;

X.

Formular observaciones y recomendaciones en el caso de denuncias derivadas del incumplimiento al Código, que consistirán en un pronunciamiento imparcial no vinculatorio, y que se harán del conocimiento del o los servidores públicos involucrados y de sus superiores jerárquicos;

XI.

c Los resultados de la evaluación que se hubiere realizado respecto del cumplimiento del Código;
d El seguimiento de la atención de los incumplimientos al Código, para lo cual deberá considerar el número de asuntos, fechas de recepción y los motivos; el principio o valor transgredido del Código; fecha y sentido de la determinación, y número de casos en que se dio vista a la Contraloría, y
Formular sugerencias a las Unidad Administrativas para que, modifiquen los procesos y tramos de control en las que se detecten conductas contrarias al Código;

XII. Fomentar acciones permanentes sobre el respeto a los derechos humanos, prevención de la discriminación e igualdad de género y los demás principios y valores contenidos en el Código, que permitan a los servidores públicos identificar y delimitar las conductas que en situaciones específicas deban observar los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones;

e Las Sugerencias presentadas para modificar procesos y tramos de control en las Unidades Administrativas, en las que se detecten conductas contrarias al Código.
XVI. Las demás análogas a las anteriores y que resulten necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

XIII. Promover programas de capacitación y sensibilización en materia de ética y conducta, entre otras;

El Comité, para el cumplimiento de sus funciones se apoyará de los recursos humanos, materiales y financieros con que cuenten las Unidades Administrativas.

XIV. Dar vista a la Contraloría de las conductas de servidores públicos que se hayan determinado contrarias al Código y que presuntamente conlleven a una responsabilidad administrativa en términos de la normatividad aplicable en la materia;

Artículo 7. Denuncia. Cualquier persona puede hacer del conocimiento presuntos incumplimientos al Código y acudir ante el Comité a través del Vocal Ejecutivo para presentar una denuncia por los medios definidos para tal efecto.

XV. Presentar en el mes de enero un informe anual de actividades correspondiente al año inmediato anterior que deberá contener por lo menos:

Se deberá presentar un escrito de la denuncia que deberá contener los siguientes requisitos mínimos:
I.

Nombre opcional;

II.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/8/2019 - Sección 2

TitrePeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaysMexique

Date21/08/2019

Page count7

Edition count495

Première édition12/01/2011

Dernière édition22/05/2024

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