Periódico Oficial de Tabasco del 10/4/2024

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Source: Periódico Oficial de Tabasco

10 DE ABRIL DE 2024

PERIODICO OFICIAL

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PUBLICACIÓN DEBEN MEDIAR DOS DÍAS HÁBILES, CONFORME AL ARTÍCULO 122, FRACCIÓN 11, DEL
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Quinto. Por último, y tomando en cuenta que el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, solo hace publicaciones los días miércoles y sábados, con fundamento en el artículo 115 último párrafo del Código Procesal Civil en vigor, se habilitan los días sábados para que se hagan pulicICiones de .to.
edictos ordenados en líneas que anteceden.
, :;t:;f;-:1 -", Notifíquese personalmente y cúmplase.
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Así l o proveyó, manda y firma el licenciado Luis Antonio Hernández -rJc.1
Primero Civil de Primera Instancia del Sexto Distrito Judicial del Estado, con sede en
Cárdenas, Tabasco, México, ante el Secretario Judicial licenciado Juan Carl os Rodríguez quien legalmente actúa, que certifica y da f e .. .. "
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Se t r anscribe auto de fecha veintidós d e junio de dos mil
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" Juzgado Primero Civil de Primer a Instancia del Sexto Distrito Judicial del Estado, de H . Cárdeñas, Tabasco, M éxico, a veintidós de junio d e dos mil veintitrés.
Visto: El contenido de la cuenta Secretaria!, se acuerda:
Primero. De la revisión a los autos y a fin de velar por los Derechos Humanos consagrados en Nuestra Carta Magna y no vulnerar el debido proceso y audiencia que deben observarse como principios rectores de todo juicio y que se encuentran preceptuados en los artículos 14 y 16 de la Constitución Polltica de los Estados Unidos Mexicanos, esta autoridad previo al estudio de la acción ejercitada por los contendientes de este asunto, procede a verificar el emplazamiento por edictos a la demandada Plascencia M arfa Gar cfa De y/o María García de Plascencla.
En principio, debe quedar asentado que el emplazamiento a juicio constituye una formalidad esencial del procedimiento, por ser necesario para una adecuada defensa, y la falta de éste o su práctica defectuosa se traduce en una violación manifiesta a la ley que causa indefensión, dado que se estaría ante la infracción procesal de mayor magnitud y de carácter grave por su trascendencia en las demás formalidades del asunto, al afectar la oportunidad de ofrecer y desahogar pruebas y de alegar en el juicio que se entabla en su contra.
Bajo esa premisa, de los artfculos 14 y 16 constitucionales se advierte que, para que alguien pueda ser privado de la l i bertad o de sus p r opiedades, posesiones o derechos, deberá segui rse juicio ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho; asimismo, para que alguien pueda ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, n ecesariamente se requiere que exista mandamiento escrito de autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

El emplazamiento es un acto procesal emanado de un órgano jurisdiccional, destinado a hacer saber al demandado la existencia de una demanda que se ha promovido en su contra y la posibilidad legal que tiene de contestarla; de tal suerte que esta figura jurídica es considerada como una de las más importantes del proceso, tan es así que su falta de verificación o la hecha en forma contraria a las d isposiciones aplicables, constituye la v iolación procesal de mayor magnitud y de carácter más grave, atendiendo a que origina la o m isión de las demás formalidades esenciales del juicio, por ende, reviste gran importancia porque permite el cumplimi ento de la garantía de audiencia establecida en el artículo 14, párrafo segundo, de la Constitución Polftica de los Estados Unidos Mexicanos, que establece: Artfculo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho. En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogfa, y aún por mayorfa de razón, pena alguna que no esté decretada por una ey exactamente aplicable al delito de que se trata. En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la Interpretación jurfdica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.
De Jo anterior queda claro que el derecho de audiencia, consagrado en e l precepto constitucional transcrito, obliga a las autoridades, antes de la emisión de un acto privativo, a seguir un 1

-,
Con forme a dicho precepto legal, tratándose de p ersonas inciertas o de aquellas cuyo d o micilio se ignore, procede la notificación por edictos, los cuales deben publicarse por tres veces " d e tres en tres días" en el Boletín Judicial y en el periódico local que indique el Juez. Ahora bien, la expresión "de tres en tres días"
d ebe interpretarse en el sentido de que entre cada una de las publicaciones deben mediar dos días hábiles, para que la siguiente publicación se realice al tercer día h ábil siguiente. Ello es así, porque dicha expresión úni ca m ente señala cuándo deben r eali zarse las publicaciones, sin precisar los días que h án de mediar entre ellas. Sin embargo, ese dato puede determinarse a partir del mandato consistente en que la publicación deberá real izarse "de t res en tres días", ya que si se afirmara que deben mediar t r es dfas hábiles, la publi cación se realizaría al cuarto día, en contravención a la regla p revista en el precepto citado. Además, si la intención del l egislador hubiese sido que entre las publi caciones mediaran tres días hábiles, así lo habría d eterminado expresam en te, éomo Jo hizo en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles para e l Di strito Federal, en el que sí menciona los días hábiles que deben transcurri r entre las publicaciones.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tabasco del 10/4/2024

TitrePeriódico Oficial de Tabasco

PaysMexique

Date10/04/2024

Page count79

Edition count119

Première édition22/01/2022

Dernière édition17/04/2024

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