Periódico Oficial de Tabasco del 29/11/2023 - Suplemento B

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Source: Periódico Oficial de Tabasco - Suplemento B

29 DE NOVIEMBRE DE 2023

PERIODICO OFICIAL

CENTRO

3

"2023 Año de Franctsto Villa El Revoluclonano del Pueblo
HONESTIDAD Y RESULTADOS
20212024

Coordinación para llevar a cabo el programa para el establecimiento y operación de la de Red Nacional de Bibliotecas Públicas.
IV.

El 19 de agosto de 2019, la Dirección General de Bibliotecas de la Secretaria de Cultura del Gobierno Federal, el Gobierno del Estado de Tabasco y los Municipios en forma conjunta suscribieron Convenio de Colaboración lnterinstitucional con el objeto de establecer las bases mediante las cuales las partes colaboraran en el proyecto cultural para la actualización de la red de bibliotecas y la puesta en marcha del Plan Estatal de Fomento al Libro y la Lectura y suscrición de anexos de ejecución, en donde se describan las responsabilidades y actividades operativas.
C O NSIDERAN DOS

PRIMERO. Que de conformidad con los artículos 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 64, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 19, de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; 3 y 4 del Reglamento del H. Cabildo del Municipio de Centro, Tabasco, el Ayuntamiento, es la autoridad superior del gobierno y la autoridad municipal y que tiene competencia plena y exclusiva sobre su territorio, población, organización política y administrativa.
SEGUNDO. Que la Constitución política de los Estados Unidos Mexicano establece en su Artículo 3: "Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipiosimpartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior .
TERCERO. En congruencia con lo señalado en el punto anterior, la Ley General de Educación señala en sus Articulas: 2. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y polrticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional. y 5. Toda persona tiene derecho a la educación . el cual es un medio para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal y profesional; como consecuencia de ello, contribuir a su bienestar, a la transformación y el mejoramiento de la sociedad de la que forma parte.
CUARTO. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29, fracción 111 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, es facultad del H. Ayuntamiento expedir los reglamentos. circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general, que organicen las materias, procedimientos, funciones y
servicios públicos de su competencia, sujetándose a la propia Ley.
QUINTO. Que el Eje Rector 2, del Plan Municipal de Desarrollo. relativo al Bienestar anas; establece como objetivo el posicionar

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tabasco del 29/11/2023 - Suplemento B

TitrePeriódico Oficial de Tabasco - Suplemento B

PaysMexique

Date29/11/2023

Page count12

Edition count106

Première édition22/01/2022

Dernière édition27/04/2024

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