Periódico Oficial de Chiapas del 23/5/2018 - Sección Tercera

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

miércoles 23 de mayo de 2018

Periódico Oficial No. 368 3a. Sección
Asi también, es importante señalar que la estrategia Marca Chiapas otorga a los productos chiapanecos un distintivo de identidad y calidad como producto único y original, para lograr el posicionamiento a nivel estatal, nacional e internacional.
En consecuencia, el Instituto Casa de las Artesanías de Chiapas, es un organismo público que tiene como objetivo principal el rescate, preservación, fomento, promoción, acopio, distribución y difusión de las artesanías y productos regionales, así como la coordinación y ejecución de lo relativo a la estrategia Marca Chiapas, ponderando siempre los intereses de los empresarios, emprendedores y artesanos chiapanecos, con el propósito de que la artesanía continúe como la expresión de la riqueza cultural de nuestro Estado y a la vez impulse al artesano chiapaneco a que aumente su competitividad protegiendo siempre las técnicas artesanales, preservando sus usos y costumbres y difundiendo el trabajo artesanal.
Por lo consiguiente, las artesanías de Chiapas deben contar con un lugar donde se pueda exhibir, adquirir y difundir las técnicas que le dan el valor cultural y comercial a cada pieza.
Considerando la importancia de las atribuciones del Instituto que es rescatar, fomentar y organizar la actividad artesanal y productos regionales en el Estado, las Secretarías de Hacienda y Contraloría General así como al Presidente de la Comisión de Artesanías del Congreso del Estado, dejen de formar parte de la Junta de Gobierno del Instituto como Invitados Permanentes y se establezcan como Vocales, para que tengan voz y voto, de acuerdo a la importancia que estas representan en el Instituto, por lo consiguiente se elimina el término Invitados Permanentes de la presente Ley Orgánica.
Por lo antes mencionado, se concibe importante dar cabida a la modificación de la Ley Orgánica del Instituto Casa de las Artesanías de Chiapas.
Por las consideraciones antes expuestas, el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, ha tenido a bien emitir el siguiente:

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Instituto Casa de las Artesanías de Chiapas.

Artículo Único: Se reforman, el artículo 4; la fracción VII del artículo 5; la fracción III del artículo 10;
la fracción II del artículo 14; se adiciona la fracción VIII al artículo 5; se deroga la fracción IV del artículo 10; todos ellos de la Ley Orgánica del Instituto Casa de las Artesanías de Chiapas, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 4.- Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá como atribuciones generales, entre otras, las siguientes:
I. Rescatar, fomentar y organizar la actividad artesanal y productos regionales en el Estado.
II. Fomentar el diagnóstico situacional comunitario en materia de artesanías y productos regionales, para lograr la espontánea y efectiva producción de los artesanos y de las micro, pequeñas y medianas empresas del Estado.
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 23/5/2018 - Sección Tercera

TitrePeriódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

PaysMexique

Date23/05/2018

Page count34

Edition count241

Première édition20/12/2006

Dernière édition21/06/2023

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