Periódico Oficial de Chiapas del 4/8/2021 - Sección Segunda

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 04 de agosto de 2021

Periódico Oficial No. 178 2a. Sección
y a las comunidades; que genere múltiples beneficios, tales como: un crecimiento ordenado; dar respuestas a través de la infraestructura necesaria para la atención de las necesidades de la ciudadanía; impulsar el desarrollo económico y el desarrollo social mediante proyectos sólidos que recompongan el tejido social, y con ello dar orden y rumbo al Municipio. Gobierno y ciudadanía reconstruyen relación a través de nuevos espacios de comunicación, reflexión y propuesta, que a través del diálogo se logre una inclusión y cohesión social; es así como el Instituto Municipal de Planeación se convierte en una herramienta que fortalece la democracia local e impulsa la corresponsabilidad como forma de gobierno. Considerando la participación ciudadana, se garantiza la generación y operación de propuestas necesarias que permitan promover la modernización, innovación y el desarrollo del citado Municipio.
Que el artículo 36 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, señala que, tratándose de la administración pública paramunicipal, los ayuntamientos del Estado de Chiapas están facultados para constituir entidades públicas, a iniciativa aprobada por sus integrantes, misma que será presentada ante el Congreso del Estado, para su trámite legislativo correspondiente.
Que el artículo 55 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas señala que se podrán constituir entidades públicas municipales, cuando se considere necesario para el desarrollo y beneficio comunitario, en los términos de las disposiciones legales y administrativas que sean aplicables, para la mejor organización y funcionamiento de la administración pública municipal. Todas las entidades públicas estarán creadas mediante Decreto aprobado por el Congreso del Estado;
gozarán de autonomía de gestión para el cumplimiento de su objeto, de conformidad con los decretos o leyes que las constituyan y perseguirán las metas señaladas en sus programas y se sujetarán a los sistemas de control establecidos en la Ley Orgánica Municipal y en las demás disposiciones legales y administrativas que sean aplicables.
Que el Capítulo X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, hace referencia a la Administración Pública Paramunicipal de los Ayuntamientos, señalándose en el Artículo 87 que ésta será integrada por las entidades públicas que se constituyan como organismos descentralizados. En cuanto al régimen constitutivo, organizacional, de representatividad y demás disposiciones relacionadas a su funcionamiento, se aplicará lo dispuesto por la propia Ley Orgánica Municipal y supletoriamente la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas.
Considerando lo anterior, el H. Ayuntamiento de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, consciente de esta problemática y siendo una demanda añeja de la sociedad organizada a través de los Colegios, Cámaras y Asociaciones Civiles, reconoce la necesidad de contar con un organismo, donde unidos, sociedad y gobierno, puedan trabajar para garantizar una adecuada planeación y desarrollo sustentable para el Municipio, por lo que se crea el Instituto Municipal de Planeación IMPLAN. Este fungirá como un organismo público descentralizado de la administración pública municipal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que garantizará la continuidad de los procesos de planeación, independientemente de los cambios en la administración, proponiendo planes y programas de desarrollo con una visión integral a corto, mediano y largo plazo.
Dicho Instituto será un órgano técnico de consulta en materia de planeación y trabajará en todo lo relacionado con el diseño, elaboración, instrumentación y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal y los programas de desarrollo urbano, de desarrollo turístico, de desarrollo social, de desarrollo económico, de desarrollo rural, de ordenamiento territorial y ecológico y los que sean necesarios para impulsar el desarrollo socioeconómico y la preservación y rescate de los recursos naturales del municipio; llevando a cabo las investigaciones necesarias para contar con información precisa y profesional que asegure la calidad de los proyectos de planeación urbana.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 4/8/2021 - Sección Segunda

TitrePeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaysMexique

Date04/08/2021

Page count19

Edition count543

Première édition11/12/2006

Dernière édition21/06/2023

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