Periódico Oficial de Chiapas del 14/7/2021 - Sección Segunda

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 14 de julio de 2021

Periódico Oficial No. 175 2a. Sección
PUBLICACIONES ESTATALES
Publicación No. 1890-A-2021
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.

Javier Jiménez Jiménez, Secretario de Hacienda, en el ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 15 segundo párrafo, 28 fracción II y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 13
del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda; y,
Considerando
Que de acuerdo a los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal en correlación a la regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada el 29 de diciembre de 2020, en el Diario Oficial de la Federación, y a la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A Segunda Versión Anticipada de fecha 01 de junio de 2021 se establecen los días inhábiles para el Servicio de Administración Tributaria y en consecuencia, se entenderán por adheridas a dicha suspensión, las autoridades hacendarias estatales, entendiéndose a estas últimas las comprendidas en el artículo 13, del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, debido a que forman parte del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y ejercen las facultades a que se refiere el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal Vigente y sus Anexos.
Derivado de lo anterior, es necesario que el titular de la Secretaría de Hacienda, mediante acuerdo emita los alcances de dicha suspensión, con la finalidad de otorgar certidumbre jurídica a los contribuyentes, autoridades judiciales y administrativas, por lo que en dicho periodo se suspenden los términos y plazos respecto a los actos de autoridad, así como las solicitudes y recursos promovidos por los sujetos obligados a contribuir de acuerdo al Convenio y anexos señalados.
Por los fundamentos y consideraciones anteriores, tengo a bien emitir el siguiente:
Acuerdo por el que se determinan los días inhábiles conforme a lo dispuesto en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A

Artículo 1.- Para efectos de los actos y procedimientos administrativos, en general a cargo de la Secretaría de Hacienda, se declara como días inhábiles, el periodo comprendido del 19 al 30 de julio de 2021, mismo que se encuentra previsto en la regla 2.1.6. fracción I y III de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 14/7/2021 - Sección Segunda

TitrePeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaysMexique

Date14/07/2021

Page count27

Edition count543

Première édition11/12/2006

Dernière édition21/06/2023

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