Periódico Oficial de Aguascalientes del 12/6/2023 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 2

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Junio 12 de 2023

A

GOBIERNO DEL ESTADO

O
IV
H C
R

INSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LA JUVENTUD

Los miembros de la Junta de Gobierno del Instituto Aguascalentense de la Juventud, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 4, 6
fracción I, 10 y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; artículos 2 fracción I, 5, 10, 31, 41 fracción I, de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; 1, 3, 5, 11 fracción I inciso a, 12, y 14 fracciones I, II, y XVII de la Ley del Instituto Aguascalentense de la Juventud; y, 3, 5 fracción I inciso a y 6 del Reglamento Interior del Instituto Aguascalentense de la Juventud, hemos tenido a bien expedir las siguientes REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DEL INSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LA
JUVENTUD, DENOMINADO PROGRAMAS DE APOYO PARA PAGO DE TITULACIÓN UNIVERSITARIA, para quedar como siguen:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL DEL INSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LA JUVENTUD

PROGRAMA BECAS DE TITULACIÓN

Se crea el programa Becas de Titulación con el objetivo de que los jóvenes estudiantes de nivel licenciatura reciban un apoyo económico para cubrir los gastos de titulación en las instituciones de educación superior a la que pertenezcan, con el objeto de fomentar el término y culminación de sus estudios.
VIGENCIA DEL PROGRAMA

DESARROLLO DEL PROGRAMA

A

P

La vigencia de este programa será a partir del día siguiente a la publicación de las presentes Reglas de Operación, y durará hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés.

R

El desarrollo del presente programa es del cinco de junio al treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés;
El programa será dividido en las siguientes dos etapas de entrega de recursos.
1. La entrega de las becas en la primera etapa podrá realizarse en los meses de junio, julio, agosto de dos mil veintitrés.
2. Entrega de becas en la segunda etapa podrá realizarse en los meses de noviembre o diciembre de dos mil veintitrés.

A

La distribución del número de becas por etapa dependerá del comité seleccionador.

1. ANTECEDENTES

O

C

Se publicarán dos convocatorias:
La primera el día cinco de junio dos mil veintitrés en la cual se seleccionarán los beneficiarios que estén cursando su último semestre o cuatrimestre de enero a julio.
La segunda puede ser publicada en los meses de octubre, noviembre o diciembre según lo decida la dirección de desarrollo juvenil asegurando la operatividad del programa, en esta segunda etapa se seleccionarán los beneficiarios que cursen su último semestre o cuatrimestre de agosto a diciembre de dos mil veintitrés.

N

El Instituto Aguascalentense de la Juventud, como organismo rector de la política, se ha encargado, a través de distintos programas, de fomentar la participación de los jóvenes en las distintas áreas del desarrollo humano en materias laboral, económica, política, cultural, deportiva, artística, educativa, científica, tecnológica, recreativa y de integración social.

S

Además de fungir como promotor de la participación de los jóvenes a través de incentivos y reconocimientos que fomenten la creación, gestión y difusión de programas y proyectos.

U

En tal contexto, se consideran como necesidad básica de la ciudadanía la educación, incluso al ser considerada por nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 3, como un derecho fundamental del individuo, lo que conlleva a contribuir a la formación de personas que puedan convivir en un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad y que sean capaces de construir una concepción de la realidad que integre a la vez el conocimiento y la valoración ética y moral de la misma, toda vez, que al hablar de la mejora de la calidad de la educación debe necesariamente insistirse en que tal educación ha de ser capaz de ayudar a todos, sin restricciones ni discriminaciones de ningún tipo, a aprender y desarrollarse, instruirse como ciudadanos y no únicamente de nuestro Municipio o Estado, si no del mundo, así como a construir y realizar su propio proyecto de vida en el marco de una sociedad democrática.

LT

2. IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA

A

En el año dos mil veinte Aguascalientes contaba con una dotación profesional de siete punto ochenta y cuatro 7.84 profesionistas por cada cien habitantes superando el promedio anual de siete punto cincuenta y seis 7.56 esto lo ubica en el lugar dieciséis del país, por lo que ayudar a generar profesionistas debe ser una prioridad.
El ser estudiante representa dedicar la mayoría de tus horas al estudio de tu profesión por lo que generar dinero para la vida social, académica es complicado y el trabajar formal o informalmente representa una de las causas más grandes de la deserción.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 12/6/2023 - Sección 3ra.

TitrePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

PaysMexique

Date12/06/2023

Page count90

Edition count471

Première édition30/10/2000

Dernière édition28/08/2023

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