Periódico Oficial de Aguascalientes del 23/5/2022 - Sección 3ra.
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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.
Mayo 23 de 2022
PERIÓDICO OFICIAL
Tercera Sección
Pág. 3
A
del distrito de esta ciudad, con fecha veintisiete de Febrero del dos mil veinte y que consta en escritura sesenta y dos mil ochocientos cuarenta y dos, volumen número cuatro mil cincuenta y uno del citado notario que le componen, así mismo la ejecución de los actos o derivados de los objetivos anteriores citados.
O
IV
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2.3. Que, dentro de su estructura legal, es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 1 último párrafo, 3 Fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 5, 207 y puede realizar toda clase de actos jurídicos y celebrar los contratos y convenios que requiere el servicio a su cargo.
2.4. Que señala como domicilio legal, el inmueble ubicado en VALENTE ARTEAGA 305 COLONIA
OBRAJE C.P 20230 AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES.
Tel. 449 2051108 y 4499622891 ext. 502
Correo electrónico: elizabethlopez@cuesa.com.mx , galle@cardiologica.com.mx RFC: CUI151120RG8
2.5. Que la carrera de medicina cuenta con el reconocimiento de validez oficial de estudio RVOE
con el número: 20210308.
3. LAS PARTES DECLARAN:
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3.1. Que se reconocen mutuamente la capacidad, personalidad y facultades con las que comparecen y se ostentan para la celebración del presente instrumento jurídico.
A
3.2. Que manifiestan su consentimiento para obligarse en términos del presente Convenio de Colaboración.
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3.3. Que están en la mejor disposición de apoyarse para cumplir cabalmente con el objeto del presente instrumento jurídico.
A
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3.4. El presente convenio no tiene Cláusula alguna contraria a la ley, a la moral o las buenas costumbres y que para su celebración no media coacción alguna, consecuentemente carece de todo dolo, error o mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento, que pueda afectar en todo o en parte la validez del mismo.
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3.5. Que conocen el contenido de la Norma Oficial Mexicana NUM-234-SSAI-2003 Utilización de Campos Clínicos para Ciclos Clínicos e Internado de Pregrado, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2005, por lo que acuerdan considerar su aplicabilidad para el presente instrumento en tanto se cumplan los criterios establecidos en dicho documento principalmente en las definiciones.
Hechas las declaraciones anteriores, AMBAS PARTES convienen en otorgar el presente Convenio, de conformidad con las siguientes:
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CLÁUSULAS
U
PRIMERA. - DEL OBJETO. El presente Convenio tiene como objeto formalizar y establecer los mecanismos de colaboración entre LAS PARTES, bajo el principio de que las Instituciones Públicas, tienen la alta misión de procurar, en el ámbito de sus competencias, el respeto a los principios de constitucionalidad y legalidad en toda actividad que realicen fortaleciéndose con ello, el imperio de la Ley y el Estado de derecho que nos rige, y comprometiéndose en conjunto a:
III.
IV.
V.
Evaluar la pertinencia del campo clínico como escenario educativo de acuerdo a los objetivos académicos de los programas de estudio para el Internado de Pregrado.
Informar a los responsables de los grupos y alumnos que se relacionen al objeto de este convenio, de sus deberes, derechos y responsabilidades académicas y legales, conforma a la normatividad vigente de cada una de las instituciones Elaborar conjuntamente el programa operativo y el estudio de campo y verificar su cumplimiento Corresponsabilizarse para el cumplimiento del objeto de este Convenio, de la supervisión, asesoramiento y evaluación de los campos clínicos, así como de las actividades derivadas que se desarrollen para el perfecto cumplimiento del presente instrumento Observar los derechos y obligaciones de los alumnos.
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II.
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