Gaceta Oficial de Venezuela del 25/11/2022 - Ordinaria

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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

459.144

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Sección II
Nivel Superior Dirección General
Artículo 8. La Dirección General es la unidad administrativa del nivel superior del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, encargada de dirigir, coordinar, supervisar, controlar, cumplir y hacer cumplir los fines y objetivos del Servicio Desconcentrado, a través de las unidades que conforman su estructura organizativa.
El Director o Directora General es la máxima autoridad del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, nombrado por el Ministro o Ministra del Poder Popular para la Defensa.

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Atribuciones del Director General Artículo 9. Corresponde al Director o Directora General, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de la Ley de Faros y Boyas y del Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática, las siguientes
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Ejercer la dirección y administración del Servicio Desconcentrado, realizando las actividades necesarias para garantizar la óptima prestación del servicio público;
Ejecutar y hacer cumplir los actos de efectos generales y particulares que dicte el Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación;
Suscribir los documentos, actos administrativos y contratos de carácter comercial y financiero inherentes al funcionamiento del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, de conformidad con la normativa legal vigente;
Expedir certificación de documentos que curse en los archivos del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, cuando sea procedente de conformidad con las normas generales sobre la materia;
Suscribir las Providencias Administrativas relacionadas con el Control Interno y los mecanismos de recaudación y verificación de la Tasa objeto de recaudación por parte del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación;
Conformar la Comisión de Contrataciones del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación;
Dictar el Reglamento Interno del Servicio Desconcentrado;
Las que le asigne el presente reglamento, las demás leyes, providencias administrativas e instrumentos normativos.
Sección III
Nivel de Apoyo
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Oficina Planificación y Presupuesto.
Artículo 10. La Oficina de Planificación y Presupuesto es la unidad administrativa del nivel de apoyo de la Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, encargada de asesorar al Director o Directora General y a las unidades administrativas que conforman el Servicio Desconcentrado, en materia de planificación, presupuesto, estadísticas, organización y sistemas de control de gestión.
Funciones de la Oficina Planificación y Presupuesto Artículo 11. Corresponde a la Oficina de Planificación y Presupuesto:
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Asesorar y asistir al Director o Directora General y demás unidades administrativas, en materia de formulación, seguimiento y evaluación de sus planes, proyectos y acciones, así como del presupuesto respectivo, de conformidad con las directrices emanadas del órgano rector y la orientación expresa del Ministerio del Poder Popular para la Defensa;
Impartir a las Unidades Administrativas del Servicio Desconcentrado los lineamientos para la formulación del Plan Estratégico, Plan Operativo Anual y Presupuesto Institucional, de conformidad con las directrices emanadas por el órgano rector;
Coordinar, controlar y hacer seguimiento en el proceso de formulación del Anteproyecto de Presupuesto, el Proyecto del Plan Operativo Anual y el Plan Estratégico Institucional del Servicio Desconcentrado;
Ejercer el seguimiento permanente a la programación y a la ejecución del presupuesto de ingresos y egresos del Servicio Desconcentrado, a fin de garantizar su ejecución con total eficacia, eficiencia y transparencia en el uso de y aplicación de los recursos, en cumplimiento a la normativa legal vigente y en articulación con la Oficina Gestión Interna;
Ejercer el seguimiento permanente a la programación y a la ejecución del presupuesto de gastos de personal, de conformidad con lo establecido en las leyes y normativas que rigen la materia, garantizando total eficacia, eficiencia y transparencia en el uso y aplicación de los recursos asignados, para el cumplimiento de los conceptos de la administración de personal, en articulación con la Oficina de Gestión Interna;
Elaborar informes de gestión y rendición de metas físico financieras, el Sistema de Indicadores de Gestión y la rendición de cuentas requeridos por los órganos competentes, de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente y en el marco de las competencias de este Servicio Desconcentrado;

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Elaborar y tramitar ante las instancias competentes para su aprobación, las programaciones y reprogramaciones de compromisos y desembolsos del presupuesto del Servicio Desconcentrado;
Analizar y tramitar ante las instancias competentes, para su aprobación, los documentos referentes a: Plan Operativo Anual Institucional y Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Servicio Desconcentrado, así como sus modificaciones de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente;
Elaborar y consolidar la información del Mensaje Presidencial, la Memoria y Cuenta del Servicio Desconcentrado para ser remitido a la instancia superior;
Evaluar la estructura organizativa y funcional del Servicio Desconcentrado y proponer las adecuaciones pertinentes, en coordinación con la Oficina de Gestión Interna de conformidad con los lineamientos y directrices del órgano rector en materia de planificación institucional, con la periodicidad y condiciones que éste establezca;
Elaborar y actualizar los distintos manuales administrativos del Servicio Desconcentrado, con el fin de asegurar la estandarización y promover la optimización de sus procesos, como mecanismos de control interno;
Formular los planes de simplificación de trámites administrativos del Servicio Desconcentrado y efectuar el seguimiento y evaluación correspondiente, en articulación con las directrices emanadas del órgano rector;
Apoyar y asesorar en el diseño, análisis e instrumentación de los sistemas administrativos y metodologías de trabajo, en articulación con la Oficina de Gestión Interna;
Diseñar e implantar el sistema de control y evaluación de la gestión institucional del Servicio Desconcentrado de acuerdo a la normativa legal vigente y en articulación con las unidades administrativas;
Establecer y mantener enlace permanente con los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, rectores en las materias competentes de esta Oficina;
Las que le asigne el presente reglamento, las demás leyes, providencias administrativas e instrumentos normativos.
Oficina de Gestión Interna
Artículo 12. La Oficina de Gestión Interna es la unidad administrativa del nivel de apoyo del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, encargada de coordinar y supervisar los procesos administrativos, financieros, legales, tecnológicos y de talento humano, que permitan asesorar al Director o Directora General en la toma de decisiones y apoyar al Nivel Sustantivo para el cumplimiento de la misión.
Funciones de la Oficina de Gestión Interna Artículo 13. Corresponde a la Oficina de Gestión Interna:
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Garantizar la correcta administración de los recursos económicos, presupuestarios y financieros, mediante la dirección, programación y supervisión de la ejecución física y financiera del Presupuesto de Egresos y del control de los Bienes Públicos del
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Viernes 25 de noviembre de 2022

Servicio Desconcentrado, en términos de eficiencia, eficacia y efectividad de sus operaciones;
Conocer, analizar, opinar y asesorar acerca de los distintos aspectos de carácter jurídico que afecten o puedan afectar la organización y/o el funcionamiento del Servicio Desconcentrado, que sean sometidos a su consideración;
Prestar servicio de información especializado, moderno, eficaz, eficiente y seguro, mediante la implantación, desarrollo y mantenimiento de sistemas tecnológicos necesarios para la administración, difusión y almacenamiento de la información relacionada con el funcionamiento del Servicio Desconcentrado, en especial aquellos vinculados con la recaudación de la tasa creada conforme a la disponibilidad del Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática SINSEMA;
Diseñar, promover y desarrollar la estrategia comunicacional del Servicio Desconcentrado, especialmente la orientada a difundir la información vinculada con la operatividad, funcionamiento y optimización del Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática SINSEMA;
Realizar los procesos administrativos que surgen de las relaciones existentes entre el Servicio Desconcentrado y el personal que labora en el mismo, con atención a las decisiones inherentes al ejercicio de la función pública;
Garantizar los servicios en materia de transporte, mantenimiento preventivo y correctivo a la infraestructura y sus sistemas auxiliares;
Prestar el servicio de archivo general del Servicio Desconcentrado, mediante la valoración, selección, clasificación, conservación, movilización y desincorporación de los mismos, cuando corresponda;
Coadyuvar con el servicio de salud interna del personal del Servicio Desconcentrado, mediante la implementación de estrategias dirigidas a garantizar la atención medicaasistencial;
Elaborar su Plan de actividades y Presupuesto de Egresos e Informe de Gestión de la Oficina, a los efectos de su remisión a la Oficina de Planificación y Presupuesto así como su integración al documento correspondiente del Servicio Desconcentrado;
Las que le asigne el presente reglamento, las demás leyes, providencias administrativas e instrumentos normativos.

Artículo 14. La Oficina de Gestión Interna estará integrada por las siguientes divisiones:
Gestión Administrativa, Asesoría Jurídica, Tecnología de la Información y la Comunicación y Gestión Humana.
División de Gestión Administrativa Artículo 15. La División de Gestión Administrativa, estará a cargo de un Jefe o Jefa, designado por el Director o Directora General del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación OCHINA.

Funciones de la División de Gestión Administrativa Artículo 16. Corresponden a la División de Gestión Administrativa:

1. Realizar la programación financiera y la ejecución del presupuesto de ingresos, gastos e inversiones del Servicio Desconcentrado;
2. Planificar y controlar los procesos administrativos y financieros del Servicio Desconcentrado, a fin de garantizar su ejecución con eficiencia y eficacia, apoyado en el cumplimiento de la normativa legal vigente;
3. Asesorar y asistir a las unidades ejecutoras de proyectos y/o acciones en asuntos financieros;
4. Realizar oportunamente las transferencias a los entes receptores, el pago a proveedores, los sueldos, salarios y demás remuneraciones al personal del Servicio Desconcentrado;
5. Realizar el seguimiento y control del uso y aplicación financiera de los recursos del Servicio Desconcentrado, a fin de garantizar la eficacia, eficiencia y transparencia en la gestión de los mismos, de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente, en coordinación con la Oficina de Planificación y Presupuesto;
6. Establecer mecanismos para el correcto proceso de formación y rendición de las cuentas de gastos, almacén y bienes públicos del Servicio Desconcentrado, atendiendo a lo establecido en la normativa legal;
7. Realizar las adquisiciones de bienes y servicios y ejecución de obras que se requieran, por su monto y naturaleza, a través de procesos de contrataciones establecidas en la Ley que rige la materia;
8. Realizar el registro y control de las compras de los bienes del Servicio Desconcentrado, en coordinación con la unidad responsable patrimonialmente, conforme a la normativa legal vigente;
9. Supervisar el registro y control de los inventarios, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes;
10. Establecer mecanismos que permitan observar y aplicar de manera obligatoria, las normas, lineamientos, directrices y pautas técnicas dictadas por la Superintendencia de Bienes Públicos, relativas a los bienes públicos;
11. Programar, diseñar y ejecutar las actividades de seguridad integral y preservación del personal, custodia de instalaciones, patrimonio y activos del Servicio Desconcentrado;
12. Tramitar la cancelación oportuna de los compromisos financieros;
13. Efectuar el registro y control contable de las operaciones administrativas y financieras del Servicio Desconcentrado;
14. Administrar y supervisar el cumplimiento, ejecución y terminación de los contratos, órdenes de compra y servicios suscritos por el Servicio Desconcentrado;
15. Hacer seguimiento a la ejecución de los procesos de selección de contratistas públicas del Servicio Desconcentrado, en coordinación con la comisión designada;
16. Realizar los trámites ante el Banco Central de Venezuela para la adquisición de divisas para el cumplimiento de las actividades del Servicio Desconcentrado;
17. Establecer relaciones con las instituciones financieras privadas y públicas para la tramitación de los actos administrativos atinentes a las finanzas por flujo de efectivo;
18. Tramitar la elaboración, declaración y liquidación de los impuestos y pagos a terceros de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento jurídico que regula la materia;
19. Dirigir y controlar los servicios de transporte y logística requeridos por el Servicio Desconcentrado para el logro de sus objetivos y metas;
20. Planificar, dirigir y supervisar el mantenimiento preventivo, correctivo, las reparaciones, limpieza general, garantizando la correcta funcionalidad de las instalaciones, muebles y equipos del Servicio Desconcentrado;
21. Proveer a las diferentes unidades administrativas los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus actividades y supervisar el ejercicio de la responsabilidad patrimonial de los bienes públicos del Servicio Desconcentrado a cargo de la dependencia administrativa correspondiente;
22. Elaborar, monitorear y evaluar los planes, programas y proyectos para el uso racional de la energía en el Servicio Desconcentrado, según las directrices del órgano rector en la materia, en coordinación con las distintas unidades administrativas;
23. Dirigir y supervisar las actividades tendentes al cumplimiento de la normativa en materia de prevención, salud y seguridad laboral, conjuntamente con la División de Gestión Humana;
24. Las que le asigne el presente reglamento, las demás leyes, providencias administrativas e instrumentos normativos.
División de Asesoría Jurídica Artículo 17. La División de Asesoría Jurídica estará a cargo de un Jefe o Jefa de División, designado por el Director o Directora General del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación OCHINA.

Acerca de esta edición

Gaceta Oficial de Venezuela del 25/11/2022 - Ordinaria

TitreGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

PaysVenezuela, République Bolivarienne du

Date25/11/2022

Page count16

Edition count317

Première édition02/01/2013

Dernière édition22/05/2023

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