Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 2/4/2024 - Anuncios y Avisos Legales

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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Martes 2 de abril de 2024

Pág. 1402

superior al término exigido por la ley. En los casos en los que la ley exija el mantenimiento de la inserción después de celebrada la junta general, si se produjera interrupción, deberá prolongarse la inserción por un número de días igual al que el acceso hubiera estado interrumpido.
Cuarto.- Modificación de los estatutos para reformar el artículo 13.1 de los Estatutos que quedará redactado como sigue:
1. La junta general será convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad si ésta hubiera sido creada, inscrita y publicada en los términos previstos en el artículo 11 bis. Cuando la sociedad no hubiere acordado la creación de su página web o todavía no estuviera ésta debidamente inscrita y publicada, la convocatoria se publicará en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social.
2. En sustitución de la forma de convocatoria prevista en el párrafo anterior, los estatutos podrán establecer que la convocatoria se realice por cualquier procedimiento de comunicación individual y escrita, que asegure la recepción del anuncio por todos los socios en el domicilio designado al efecto o en el que conste en la documentación de la sociedad. En el caso de socios que residan en el extranjero, los estatutos podrán prever que sólo serán individualmente convocados si hubieran designado un lugar del territorio nacional para notificaciones.
3. Los estatutos podrán establecer mecanismos adicionales de publicidad a los previstos en la ley e imponer a la sociedad la gestión telemática de un sistema de alerta a los socios de los anuncios de convocatoria insertados en la web de la sociedad..
Quinto.- Facultar al Presidente y al Secretario del Consejo de Administración, indistintamente, para que expidan certificaciones de los acuerdos adoptados y procedan a su presentación e inscripción en los Registros oportunos.
Sexto.- Ruegos y preguntas.
Séptimo.- Redacción, lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la reunión.
De conformidad con los artículos 272, 287, 518 y aquellos otros que sean de aplicación de la Ley de Sociedades de Capital, y al margen de la información general y aclaraciones que puedan solicitar antes de la celebración de la Junta, los señores accionistas podrán examinar en el domicilio social, u obtener de forma inmediata y gratuita, y a partir de esta fecha, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta General.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el quinto 5º día anterior a la fecha en que haya de celebrarse la Junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito preguntas, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día Podrán asistir a la Junta General, con derecho a voz y a voto, todos los accionistas que tengan inscritas sus acciones en el correspondiente registro contable con cinco días de antelación al señalado para la celebración de la Junta.
De conformidad con lo previsto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar expresamente que los socios que representen al menos el 1 por 100 del capital social podrán requerir del órgano de administración la presencia de un Notario para que levante acta de la Junta General. En ese caso,
cve: BORME-C-2024-1074
Verificable en https www.boe.es
Núm. 64

Acerca de esta edición

Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 2/4/2024 - Anuncios y Avisos Legales

TitreBoletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

PaysEspagne

Date02/04/2024

Page count26

Edition count3299

Première édition03/01/2011

Dernière édition14/05/2024

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