Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/1/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe
político basado en los principios constitucionales, al ser electo democráticamente el doctor Raúl Ricardo Alfonsín como Presidente de la Nación, quien asumió el cargo el día 10 de diciembre de 1983; que en ese marco el pueblo argentino también recobró los derechos sociales y políticos y la forma de vida democrática, la representación de la voluntad popular, la libertad de expresión, de participación y la eliminación de la censura, que los 40 años de democracia han contribuido a una mejora sustancial en los derechos políticos, civiles y sociales de las personas, así como en la consagración de nuevos derechos y que el retorno a la democracia se obtuvo gracias al papel desempeñado por una gran parte de la sociedad civil, pero sobre todo por el compromiso de los partidos políticos, el movimiento obrero, las organizaciones sociales y los organismos de derechos humanos, entre muchos otros actores que articularon una ardua y genuina lucha contra la Dictadura Cívico Militar con el fin de recuperar la democracia tantas veces perdida en el período 1930-1983;
Que este Poder Ejecutivo comparte en su totalidad las consideraciones vertidas por el Ejecutivo Nacional a través del Decreto N 877/22, estimando procedente adherir la Provincia de Santa Fe a las disposiciones del mismo, POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1 - Adhiérese la Provincia de Santa Fe a las disposiciones del Decreto N 877 de fecha 29 de diciembre de 2022, por el cual se declara el año 2023 como Año de homenaje a los cuarenta años ininterrumpidos de democracia.
ARTICULO 2 - Dispónese que durante el año 2023 toda la documentación oficial de la Administración Pública Provincial comprendida en los alcances del Artículo 4 inciso A Apartado 1. Subapartados I. y II. e Inciso B de la Ley N 12510, deberá Ilevar al pié la leyenda: 1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA.
ARTÍCULO 3 - Encomiéndase a todos los organismos de éste Poder Ejecutivo, en la esfera de sus competencias, las acciones pertinentes tendientes a destacar, difundir y concientizar acerca de los valores democráticos y la importancia y el significado histórico, político y social que posee la democracia.
ARTÍCULO 4º- Invítese a los Poderes Legislativo y Judicial, como así también al Tribunal de Cuentas y los municipios y comunas de la Provincia, a adoptar medidas de similar tenor a las dispuestas en el presente decreto.
ARTÍCULO 5 - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PEROTTI
Marcos Bernardo Corach 38477
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA DE SANTA FE
LICITACIÓN PUBLICA NRO. 57/22
CUIJ 21-20591121-6
OBJETO: Juzgado Comunal de Pequeñas Causas Poder Judicial Roldán.