Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 25/7/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe Edición del 25 de julio de 2002

DECRETO N 1489
SANTA FE, 12 JUL 2002
VISTO:
El Expediente Nº 15120-0013349-7, del registro del Sistema de Información de Expedientes Ministerio de Hacienda y Finanzas, la Ley 11.373; la Ley 11.696, la Ley 11.965 el Decreto 1.413/96, el Decreto Nº 1.928/99, el Decreto 3.725/99 y la Resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en los autos caratulados: "RODRIGUEZ, Mario Agustín c/Pcia. de Santa Fe Expte. nº 652/95- GARMENDIA DE DABAT Zulbía, c/Pcia. de Santa Fe Expte. nº 209/89; BRODA, Mirella Beatriz c/Pcia. de Santa Fe Expte. CSJ Nº 472/95; SEGURA, María del Carmen, c/Pcia. de Santa Fe Expte. nº 212/89; ZAMPATTI, Luis Juan, c/Pcia. de Santa Fe Exptes. Nº 307/88- 708/97; AMADIO, Manuel c/Pcia. de Santa Fe Expte. Nº 175/95; VISCIGLIO, Tomás Wilber c/Pcia. de Santa Fe Exptes. Nº 686/88; ROVERE, Roberto Adolfo c/Pcia. de Santa Fe Exptes. Nº 100/87-866/96 y 125/98, ALVAREZ de ARZENO, María Dolores c/Pcia. de Santa Fe Exptes. Nº 174/92-656/99SANTA CRUZ, María Olimpia c/Pcia. de Santa Fe Expte. nº 50/94; MANERA, Alberto Ignacio c/
Pcia,. de Santa Fe Expte. Nº 308/86; y CONSIDERANDO:
Que la Ley 11.696 prorrogada por Ley 11.965, complementa las disposiciones de la Ley 11.373
fijando el monto máximo de BONOS PREVISIONALES DE SANTA FE autorizados a emitir; afectando en garantía los fondos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos y autorizando la realización de las modificaciones presupuestarias pertinentes, Que el Decreto 1928/99 autorizó en su artículo primero la emisión de la cantidad de Bonos Previsionales dispuestos por la ley 11.373 y con las características y procedimientos fijados por el artículo 24º del Decreto Nº 1.413/96 y el Decreto 3.725/99, necesarios para cumplir con las Resoluciones judiciales citadas en el Visto del presente;
Que el Decreto mencionado en primer término en el párrafo anterior, dispuso que la entrega de los Bonos a sus beneficiarios no se efectuará sin previo dictado del decreto particular que la autorice, por una cantidad determinada necesaria para cumplir cada una de las concretas decisiones judiciales;
Que las sentencias que constan en el visto ordenan que se entregue la cantidad de títulos públicos necesaria para satisfacer el saldo total de la acreencia reclamada en autos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 11. 696;
Que según formularios F.B-3 confeccionados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, se procedió de acuerdo a liquidación aprobada por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 25/7/2002

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date25/07/2002

Page count8

Edition count695

Première édition03/05/2002

Dernière édition24/05/2024

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