Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 6 de marzo de 2024

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
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ARTÍCULO 12º: Las ganancias realizadas y liquidas se destinarán: a el cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de la Reserva Legal. b la remuneración del órgano de administración y representación, en su caso. c a reservas facultativas, conforme lo previsto en el artículo 70º in fine de la Ley 19.550. d a dividendos de las acciones preferidas, y con prioridad los acumulativos impagos. e a dividendo de acciones ordinarias. f el saldo, al destino que fije la reunión de socios.
ARTÍCULO 13º: Los dividendos deberán ser pagados, en proporción a las respectivas integraciones, dentro del ejercicio en que fueron aprobados.DISOLUCIÓN LIQUIDACIÓN: ARTÍCULO 14º: Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas por el artículo 94º de la Ley 19.550, la liquidación será practicada por el o los liquidadores designados por la reunión de socios quienes deberán actuar conforme a lo dispuesto en los artículos 101º, siguientes y concordantes de la Ley 19.550.
ARTÍCULO 15º: Autorizar al Escribano Francisco Guillermo Brown, DNI N 37.080.655; y a Michel Cristhian Moren, DNI N 39.036.132, constituyendo ambos sus domicilios legales en el de la Sociedad Referida, para que conjunta, separada o indistintamente, realicen todos los trámites necesarios para la inscripción en el Registro Público del presente instrumento, facultándolos para presentar y retirar documentación, realizar depósitos bancarios y extraerlos, aceptar las observaciones que formule la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas y proceder con arreglo a ellas.Registro Público DIPJ Paraná, 29 de febrero de 2024 Rita Mariana Zapata, abogada inspectora DIPJER.
F.C. 04-00048967 1 v./06/03/2024

-- -- -PRESENTACIONES SUR SAS
Por Resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos el siguiente edicto:
1. Socios: Sra. SOSA GISELA BEATRIZ D.N.I. N 27.466.465, CUIT/CUIL N 27-27466465-2, nacida el día 04 de Septiembre de 1.979, estado civil casada, nacionalidad argentina, sexo femenina, de profesión comerciante, con Domicilio Real en Álvarez Condarco 1780 de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná de la Provincia de Entre Ríos, por derecho propio.
2. Fecha del instrumento de Constitución: 01/06/2023
3. Razón Social o denominación de la sociedad: REPRESENTACIONES SUR S.A.S
4. Sede Social: Calle ÁLVAREZ CONDARCO N 1780, de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná, de la Provincia de Entre Ríos.
5. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: i Comerciales: mediante la compra, venta exportación e importación, representación, corretaje, consignaciones, permuta, distribución de toda clase de productos comestibles, artículos de limpieza artículos de librería, juguetería, bazar y de cualquier otro fin con su actividad, sin restricción o limitación alguna. A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, y contraer obligaciones. Además, la sociedad podrá comprar vender permutar, ceder, transferir ,donar, hipotecar, y en general adquirir, gravar, o enajenar por cualquier causa o título o razón toda clase de inmueble y derechos reales sobre los mismos muebles, semovientes, títulos de créditos derechos y acciones, formalizar prendas, designar representantes, patentar inventos, y registrar marcas y diseños comerciales o industriales, realizar todo tipo de operaciones inmobiliarias y en general todo acto licito relacionado con el objeto social, como así también efectuar todos los actos jurídicos a que diera lugar la mejor obtención de los fines para los cuales se constituye la sociedad. ii Financieras: Mediante préstamos con o sin garantía a corto y largo plazo, aportes de capitales a personas o sociedades a constituirse para financiar operaciones realizadas o a realizarse, así como la compra de acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de créditos de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse, con excepción de las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto.
6. Plazo de Duración: Sesenta 60 años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/3/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date06/03/2024

Page count69

Edition count4753

Première édition01/12/2003

Dernière édition21/05/2024

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