Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 2 de julio de 2021

BOLETIN OFICIAL

Subparcial 1708/1007/1037/1058/1075 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.
Art. 3 - Autorízase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar la suma que corresponda, a favor de la agente Rosana Mariela Forclaz, DNI N 22.661.081, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1 del presente texto normativo.
Art. 4 - El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 5 - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 630 MS
REUBICANDO AGENTE
Paraná, 14 de abril de 2021
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la reubicación de la agente Alejandra Fabiana Villalba, DNI N 18.493.334, a la categoría 19 - Tramo A de la Carrera Enfermería, según lo establecido por la Ley N 9564 y su Decreto Reglamentario N 5467/04
MSAS; y CONSIDERANDO:
Que se deja aclarado que la mencionada agente revista bajo el régimen de Estabilidad en la Categoría 12 - Tramo B -Carrera Enfermería - Escalafón Sanidad del Hospital San Benjamín de Colón, por lo que no resulta necesaria la confección de la Planilla de Modificación de Cargos de la Planta Permanente;
Que de acuerdo a lo dispuesto por la legislación vigente en la Carrera Enfermería, se procede a la reubicación a la Categoría 19 Tramo A - Carrera Enfermería - Escalafón Sanidad, en virtud de haber obtenido la agente Villalba el Título de Enfermera Profesional y su Matrícula Definitiva en fecha 04/04/19;
Que la Dirección General de Recursos Humanos, ha realizado el informe técnico de competencia de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N 2900/71 SGG;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Administración ambas del Ministerio de Salud, se han expedido al respecto;
Que la presente gestión se encuadra en los términos de los Artículos 5 y 8 de la Ley 9564 y su Decreto Reglamentario N 5467/04
MSAS.;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Reubícase a la agente Alejandra Fabiana Villalba, DNI N
18.493.334, a partir del 04/04/19, quien revista en una Categoría 12
- Tramo B - Carrera Enfermería -Escalafón Sanidad a la Categoría 19 - Tramo A - Carrera Enfermería - Escalafón Sanidad del Hospital San Benjamín de Colón, según lo establecido en la Carrera Provincial de Enfermería, conforme lo dispuesto por la Ley N 9564 y su Decreto Reglamentario N 5467/04 MSAS, en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2 - Impútase el gasto al Presupuesto vigente: Dirección de Administración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdicción 00
- Entidad 0000 - Programa 19 -Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad 11 - Obra 00 -Finalidad 3 - Función 12 - Fuente de Financiamiento 11 -Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 1/3/4/6 - Partida Subparcial 1007/1700/1715/1037/1058/1075 - Departamento 08 - Ubicación Geográfica 01.
Art. 3 - Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar la suma que corresponda a la agente Alejandra Fabiana Villalba, en concepto de las diferencias que se generen en virtud de la reubicación y de las sumas percibidas.
Art. 4 - El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 5 - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 631 MS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 14 de abril de 2021
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se tramita el reconocimiento de 30 horas cátedras mensuales, como Colaboradora Docente, a favor de la Lic. Ana Paula Corujo, DNI N 34.112.600 en la Residencia Médica de Obstetricia Comunitaria en el ámbito del Cen-

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tro de Salud Dr. Giacomotti de Concepción del Uruguay, en el período 2020; y CONSIDERANDO:
Que en autos obra nota de la Coordinación General de Planificación del R.R.H.H. y Residencias Médicas dependiente del Ministerio de Salud solicitando el reconocimiento y pago de 30 horas cátedras mensuales;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, ha emitido el dictamen de su competencia;
Que la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, ha realizado los cálculos pertinentes y la imputación del gasto;
Que la División Presupuesto del Ministerio de Salud informa la necesidad de realizar una modificación presupuestaria, mediante transferencia compensatoria de créditos, según Planillas Analíticas del Gasto las que agregadas forman parte integrante del presente Decreto;
Que la Delegación Contable de la Contaduría General de la Provincia, ha tomado la intervención que le compete;
Que la presente gestión encuadra en la Ley N 8951 y su Decreto N 5946/00 MSAS y en el Decreto N 6282/00 MSAS;
Que la Oficina Provincial de Presupuesto, ha tomado la intervención de competencia, informando que la modificación presupuestaria encuadra en las disposiciones del Artículo 12 de la Ley N
10.848;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Modifícase el Presupuesto General de la Administración Provincial, Ejercicio 2021 - Ley N 10.848 de la Jurisdicción 45:
Ministerio de Salud - Unidades Ejecutoras: Ministerio de Salud y Dirección General de Primer Nivel de Atención, mediante transferencia compensatoria de créditos, conforme se discrimina en las Planillas Analíticas del Gasto, las que agregadas forman parte integrante del presente Texto Legal, por la suma total de pesos ocho mil $ 8.000,00, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2 - Reconócense la realización de 30 horas cátedras mensuales desde el 01/01/2020 hasta el 31/12/2020, como Colaboradora Docente, a la Lic. Ana Paula Corujo, DNI N 34.112.600 en la Residencia Médica de Obstetricia Comunitaria en el ámbito del Centro de Salud Dr. Giacomotti de Concepción del Uruguay, en mérito de lo expuesto en los considerandos del presente texto normativo.
Art. 3 - Impútase el gasto a Dirección General de Administración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000
- Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 02 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 12 - Fuente de Financiamiento 11 Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 1 Partida Parcial 1/4/6 - Partida Subparcial 1006/1036/1057/1075 Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07, del Presupuesto Vigente.
Art. 4 - Facúltase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago interesado a favor de la Lic. Ana Paula Corujo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2 del presente texto normativo.
Art. 5 - El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 6 - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 632 MS
ACEPTANDO RENUNCIA
Paraná, 14 de abril de 2021
VISTO:
Las renuncias presentadas por el Dr. Alcides Javier Bailatti, DNI
N 22.463.020 al al Régimen de Trabajo con Dedicación Exclusiva y Bloqueo de Matrícula, a partir del 01/01/20 y al cargo de Director Nivel I -Sub Nivel A ex Nivel III del Hospital Paranacito de Villa Paranacito -Departamento Islas del Ibicuy, a partir del 31/12/20, por razones de índole particular; y CONSIDERANDO:
Que el Dr. Bailatti revista interinamente en el cargo de Director Nivel III - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria - Escalafón Sanidad del Hospital Paranacito de Villa Paranacito - Dpto Islas del Ibicuy, con Dedicación Exclusiva y Bloqueo de Matrícula, asignada por Decreto N 1020/10 MS;
Que obra en autos Resolución N 19/21 MS de fecha 13/01/21, mediante la cual por su Artículo 1 se tiene por presentada la renuncia efectuada por el mencionado profesional, al cargo de Director Interino;

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/7/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date02/07/2021

Page count20

Edition count4753

Première édition01/12/2003

Dernière édition21/05/2024

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