Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/3/2021

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

2

BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 2785 GOB
DISPONIENDO INCREMENTO DE PRECIO EN CONTRATOS
Paraná, 29 de diciembre de 2020
VISTO:
El Decreto N 1785 GOB de fecha 25 de junio de 2019; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se dispuso un incremento en el precio de los contratos de obra celebrados con el Estado Provincial hasta alcanzar la suma de pesos veintiún mil $ 21.000;
Que en la cláusula quinta del modelo de contrato vigente, aprobado por Decreto N 4256/18 GOB se estableció la posibilidad de reajustar el precio, previo acto administrativo que así lo autorizara;
Que es intención del titular de este Poder Ejecutivo incrementar el precio de los mismos hasta el monto de pesos veintisiete mil $
27.000, a partir del 01 de enero de 2021;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 174 de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Dispónese un incremento en el precio de los contratos de obra a celebrarse con el Estado Provincial, a partir del 1 de enero de 2021, hasta la suma de pesos veintisiete mil $ 27.000 mensual por todo concepto.
Art. 2 - Las Direcciones de Administración deberán confeccionar la nómina de contratados de sus jurisdicciones con la liquidación del incremento, la que luego de elevada a autorización del señor Gobernador de la Provincia, culminará con la resolución aprobatoria emanada por los señores Ministros Secretarios de Estado o por el señor Secretario General de la Gobernación, en la jurisdicción Gobernación, de conformidad al procedimiento vigente en la materia.
Art. 3 - Dispónese que ante situaciones similares que deban resolverse en el ámbito de entes descentralizados, se deberá, previo a la emisión del acto administrativo de competencia, remitir el listado de contratados con el incremento liquidado a conocimiento del Poder Ejecutivo Provincial según lo previsto en el Decreto N4065/17 GOB.
Art. 4º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 2786 GOB
RESCINDIENDO CONTRATO Y APROBANDO NUEVO
Paraná, 29 de diciembre de 2020
VISTO:
Las gestiones iniciadas por la Secretaría General de la Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas se solicita la aprobación del Contrato de Servicios suscripto con el agente Emanuel Ruberto para el desempeño de las tareas que en el mismo se especifican;
Que el Sr. Ruberto se encuentra vinculado a la Administración Pública Provincial mediante un contrato de obra aprobado por Resolución N 8/20 SGG;
Que obra en autos autorización del titular del Poder Ejecutivo para la prosecución del trámite;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación manifiesta que la partida sobre la cual recae el gasto cuenta con disponibilidad presupuestaria, adjuntando el volante de registro de reserva contable debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia;
Que asimismo la referida Dirección General informa que la Secretaría General de la Gobernación cuenta con un cupo vacante para la contratación en cuestión;
Que la Dirección General de Recursos Humanos ha intervenido en lo que es de su competencia, señalando que la remuneración consignada en el contrato es acorde a las tareas encomendadas al postulante;
Que la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General de la Gobernación se ha expedido en dictamen N 147/20, expresando que se han cumplimentado con todas las intervenciones necesarias conforme la normativa vigente, sin objeciones que formular a la continuidad del trámite;
Que la presente gestión se ha tramitado conforme lo dispuesto por Decreto N 3688/08 GOB y sus modificatorios;
Que por lo expresado a lo largo del presente es intención acceder
Paraná, lunes 29 de marzo de 2021

a lo peticionado siendo propicio en esta instancia proceder con la rescisión del contrato de obra vigente;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 174 de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Rescíndase el Contrato de Obra suscripto con el Sr.
Emanuel Ruberto, M.I. N 35.441.683 aprobado por Resolución N
8/20 SGG.
Art. 2 - Apruébase el Contrato de Servicios celebrado entre el Sr. Secretario General de la Gobernación y el Sr. Emanuel Ruberto, M.I. N 35.441.683 en el que se establecen las Cláusulas y Condiciones para el desempeño de las tareas que en el mismo se especifican, hasta el 31 de diciembre del corriente año, el que agregado forma parte de este acto administrativo.
Art. 3 - Impútase el gasto a D.A 954, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 02, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 32, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 1, P. Principal 2, P. Parcial 1/2/3/5, Subparcial 1001/1020/1020/1020, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07 del Presupuesto vigente.
Art. 4 - Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar al Sr.
Emanuel Ruberto, los importes establecidos en la cláusula Cuarta del Contrato de Servicios aprobado por el artículo 2 del presente Decreto.
Art. 5º - El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 6º - Comuníquese, publíquese y archívese con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 2803 GOB
RECONOCIENDO PRESTACION DE SERVICIOS
Paraná, 29 de diciembre de 2020
VISTO:
La gestión iniciada por el Director de Construcciones de la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que por la misma se interesa la adscripción del Sr. Luis Matías Juri, agente de la planta de personal permanente del Ente Región Centro e Integración Regional, dependiente de la Gobernación;
Que el agente en cuestión y la Sra. Directora Administradora de la Dirección Provincial de Vialidad han prestado conformidad respecto al trámite solicitado;
Que la Jefa Departamento I Recursos Humanos y el Director de Asuntos Jurídicos, ambos del ente citado han intervenido en lo que es de su competencia;
Que se encuentra agregada en el expediente autorización del Sr. Presidente del Ente Región Centro e Integración Regional quien ha informado que la adscripción no genera la necesidad de incorporar nuevo personal, y del Sr. Secretario General de la Gobernación para la continuidad del trámite de adscripción del Sr.
Juri;
Que obra en autos certificación de prestación de servicios del agente Juri, desde junio a octubre de 2020;
Que la Dirección General de Recursos Humanos ha intervenido en lo que es de su competencia;
Que en virtud de lo expuesto, no existiendo objeciones formuladas al respecto, es intención del titular de este Poder Ejecutivo acceder a lo solicitado;
Que el presente de dicta de conformidad a lo dispuesto en los artículos 36 inciso c, 39 y 42 de la Ley N 9755, modificada por la Ley N 9.811 y los incisos 1 y 2 del artículo 6 de la Ley N 10.271 y su modificatoria Ley N 10.334;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Reconócese la prestación de servicios en carácter de adscripto del Sr. Luis Matías Juri, D.N.I. N28.676.311, agente de la planta de personal permanente del Ente Región Centro e Integración Regional, dependiente de la Gobernación, en la Dirección Provincial de Vialidad, desde el 19/06/2020 hasta el 31/10/2020.
Art. 2- Adscríbase a partir del 01/11/20 y por el término de doce 12 meses al Sr. Luis Matías Juri, D.N.I. N 28.676.311, a la Dirección Provincial de Vialidad.
Art. 3 - Dispónese que la Dirección Provincial de Vialidad comunicará mensualmente al Ente Región Centro e Integración

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaysArgentine

Date29/03/2021

Page count32

Edition count4732

Première édition01/12/2003

Dernière édition19/04/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031