Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 27/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 61
Miércoles, 27 de marzo de 2024
Pág. 42


Artículo 22. Régimen patrimonial.
1. El régimen jurídico patrimonial de los bienes propios y adscritos al Patronato Municipal de Deportes será el establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en las demás disposiciones legales y reglamentarias que les sean de aplicación.
2. Las enajenaciones de bienes inmuebles y derechos reales pertenecientes al Patronato Municipal de Deportes serán autorizadas por la Junta Rectora.
Artículo 23. Régimen de contratación.
La contratación del Patronato Municipal de Deportes se regirá por las normas generales de la contratación del sector público que le resulten de aplicación.

Artículo 24. Recursos y reclamaciones.
1. Los actos y resoluciones dictados por la Junta Rectora, la Presidencia y la Vicepresidencia ponen fin a la vía administrativa y serán recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. La revisión de oficio de los actos administrativos nulos y la declaración de lesividad de los anulables dictados por cualquier órgano del Patronato Municipal de Deportes corresponderá a la Junta Rectora, excepto los dictados por la propio Junta Rectora, que corresponderá al Pleno.
3. La revocación de los actos administrativos desfavorables o de gravamen corresponde también a la Junta Rectora.
4. Respecto a las reclamaciones económico-administrativas se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia, y serán resueltas por el órgano para la resolución de dichas reclamaciones contemplado en el artículo 137 de la Ley 7/1985, de 2
de abril.
5. Las reclamaciones previas, en asuntos civiles y laborales, serán resueltas por la Junta Rectora.
Artículo 25. Responsabilidad patrimonial.
1. El régimen de responsabilidad patrimonial del Patronato Municipal de Deportes y de sus autoridades y personal, se exigirá en los mismos términos y casos que para el resto del Ayuntamiento de Almería de acuerdo con las disposiciones generales en la materia.
2. La resolución de las reclamaciones que se formulen por el funcionamiento normal o anormal de los servicios que sean competencia del Patronato Municipal de Deportes corresponde a la Presidencia.
Artículo 26. Ejercicio de acciones.
El Patronato Municipal de Deportes tiene plena capacidad para ejercitar las acciones necesarias para la defensa sus bienes y derechos.
Disposiciones Adicionales.
Disposición Adicional Única. Para lo no previsto en los presentes Estatutos resultará de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Almería.
Disposiciones Transitorias.
Disposición Transitoria Única. Una vez entre en vigor la modificación de los presentes estatutos, se mantendrá la composición de los órganos de gobierno y administración hasta que se proceda a su nueva constitución.
Disposiciones Derogatorias.
Disposición Derogatoria Única. Quedan derogados los Estatutos del Patronato Municipal de Deportes que fueron aprobados por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Almería el 25 de julio de 2001 y publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 190, de 1 de octubre de 2001.
Disposiciones Finales.
Disposición Final Única. Los presentes Estatutos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa Almería, 11 de marzo de 2024.
EL VICEPRESIDENTE DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES, Antonio Jesús Casimiro Andújar.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
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CAPÍTULO VI. Régimen jurídico

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 27/3/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaysEspagne

Date27/03/2024

Page count44

Edition count6223

Première édition26/04/1999

Dernière édition23/05/2024

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