Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/04/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

4 de abril de 2024

BOLETIN OFICIAL Nº 6274

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA

DECRETOS
DECRETO Nº 237/24

Viedma, 14 de Marzo de 2024

Visto: EX-2024-00111434- -GDERNE-MEMG, la Ley K N 5.683 y la Ley I N 3.396, modificada por Ley N 4.745, y;
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Estado Provincial velar por el derecho constitucional previsto en los Artículos 40, Inc. 8, 42, 74 inc. 4, 75 y 21 Disposiciones Complementarias de la Carta Magna Provincial;
Que en virtud de ello, resulta necesaria la creación en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Trabajo, Modernización y Turismo de un Área Técnica, cuya función específica sea la de coordinar medidas conducentes a garantizar el derecho de acceso a la propiedad privada del suelo de los rionegrinos, su registración, regularización dominial y la asistencia técnica en la gestión de trámites que hayan sido iniciados en las diversas áreas del Estado Provincial;
Que los diversos derechos que vinculan a los ciudadanos rionegrinos con el suelo y/o la tierra deben tener un rumbo común tendiente a asegurar la consolidación de los mismos en el correspondiente título de propiedad, con independencia de uno u otro organismo interviniente en el curso del proceso administrativo del que se trate;
Que conforme Ley provincial K N 5.683 el Ministerio de Gobierno, Trabajo, Modernización y Turismo resulta competente para entender en las relaciones políticas con la comunidad e institucionales con los Municipios y las Comunas; como asimismo, entender en todo a lo atinente al funcionamiento de las Comisiones de Fomento;
Que es competencia del Ministerio de Gobierno, Trabajo, Modernización y Turismo, la Escribanía General de Gobierno, institución pública de referencia natural para las temáticas vinculadas a trámites de la Administración con respecto al suelo y/o la tierra;
Que los derechos de los rionegrinos en materia de suelo y/o tierra requieren una articulación, circunstancia que surge de la demanda histórica en la Provincia de Río Negro, que busca garantizar el acceso a la tierra y/o el derecho a tener título de propiedad de una vivienda, y/o una unidad productiva;
Que por su parte, la Ley I N 3.396, designa al Ministerio de Gobierno, Trabajo, Modernización y Turismo como autoridad de aplicación del régimen dispuesto por Ley Nacional N 24.374, y lo faculta para concertar los procedimientos de instrumentación de dicho régimen, en los términos del artículo 6 de la citada Ley;
Que en nuestro ordenamiento jurídico provincial, el derecho a acceder a la propiedad privada del suelo, responde a la función social que se le atribuye a la tierra, tal como lo establece el artículo 75 de la Constitución de la Provincia de Río Negro;
Que el reconocimiento de este derecho constituye la base para el disfrute de una amplia gama de derechos humanos. Su ejercicio garantiza el derecho de acceso a la vivienda, el derecho a la alimentación y el derecho al desarrollo humano, entre otros inherentes a la condición humana;
Que en un contexto global de creación de condiciones propicias, el Gobierno provincial tiene la obligación de adoptar medidas apropiadas a fin de promover, proteger, velar y garantizar el pleno goce del derecho a acceder a la propiedad privada del suelo en toda la extensión del territorio y asegurar el ejercicio de los demás derechos humanos relacionados;
Que para ello se considera de vital importancia la creación de un Área que complemente el alcance territorial de las acciones de regularización dominial, garantizando a quienes se encuentren en dicha situación la obtención de su título de propiedad a través de la Escribanía General de Gobierno y/o a través del Colegio Notarial de la Provincia, priorizando los derechos de mujeres, niñas, niños y adolescentes y demás grupos vulnerables;
Que dicha Área deberá coordinar y articular acciones con la Escribanía General de Gobierno, el Instituto Provincial de la Vivienda, la Dirección Provincial de Tierras y del Registro de la Propiedad Inmueble, en el ámbito de sus respectivas competencias; y con los Municipios, Comunas y Comisiones de Fomento;
Que las acciones serán desarrolladas bajo modalidad de ejecución progresiva;

Firmado Digitalmente por MILTON C. DUMRAUF - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6274.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/04/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date04/04/2024

Page count70

Edition count1913

Première édition03/01/2002

Dernière édition13/05/2024

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