Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2023 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

previsto por el Artículo 152 y 165 CPCyC de Cba, que regulan la notificación a personas inciertas.Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 19, 22 y 23 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2021 por decreto 290/2021, RG 2164/19
y Dcto. 567/21. EL DIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S
U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente FERREYRA
ARMANDO IVAN; CUIT 20-31054209-2, que en el/la SEC.DE GESTION
COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO 3 de la ciudad de CORDOBA, sito en ARTURO M BASS 244 PB SECRETARIA PEREZ VERONICA, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 10 de junio de 2022. Encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la Ley Nº 9024, modificado por la Ley Nº 9576, a mérito del certificado expedido por la autoridad administrativa: por presentado, por parte y con el domicilio procesal constituido. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la liquidación formulada, para que en el término de tres 3
días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder. OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. A lo demás solicitado, oportunamente y en cuanto por derecho corresponda.- Texto Firmado digitalmente por: LOPEZ Ana Laura - PROSECRETARIO/A LETRADO.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INGRESOS BRUTOS, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 280231801 , LIQUIDACIÓN JUDICIAL N
202321302014 , por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA $ $55.790.- por los períodos: 2011/01; 2011/02; 2011/03;
2011/04; 2011/05; 2011/06; 2011/07; 2011/08; 2011/09; 2011/10; 2011/11;
2011/12; 2012/01; 2012/02; 2012/03; 2012/04; 2012/05; 2012/06; 2012/07;
2012/08; 2012/09; 2012/10; 2012/11; 2012/12-, para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2021 por decreto 290/2021 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- CITESE, EMPPLACESE, PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. MARIA
DANIELA FIGUEROA Jefatura de Area requerimientos de la Direccion de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 999/18. R.G. 2187/21.
Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.

AÑO CX - TOMO DCCVII - Nº 227
CORDOBA, R.A. JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS.

- EJECUTIVO FISCAL - EE no se han podido practicar en virtud de las constancias incorporadas en autos.Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2021 por decreto 290/2021, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos por los medios legalmente predispuestos con el alcance determinado por la normativa aplicable.Que como regla el Artículo 4 de la ley 9024, establece que, resultando infructuosos los medios de notificación previstos en el mismo, sin más trámite se citará por edictos que se publicarán durante un 1 día únicamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.Que de acuerdo al criterioemanado del Juzgado, Secretaria Común de Ejecuciones Fiscales de Córdoba, se ha dispuesto que la publicación sea realizada por cinco 5 días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo previsto por el Artículo 152 y 165
CPCyC de Cba, que regulan la notificación a personas inciertas.Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 19, 22 y 23 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2021 por decreto 290/2021, RG 2164/19 y Dcto. 567/21. EL DIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E
S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente LOFTY
SA; CUIT 30-71106528-4, que en el/la SEC.DE GESTION COMUN DE
EJECUCION FISCAL NRO 2 de la ciudad de CORDOBA, sito en ARTURO M BASS 244 PB SECRETARIA MASCHIETTO Federico, se ha dictado la siguiente resolución: CORDOBA, 15/03/2022. A mérito del certificado expedido por la autoridad administrativa y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas, conforme lo dispuesto por el artículo 10 6 la Ley provincial Nº 9024 y sus modificatorias: Formúlese liquidación en los términos del artículo 7 del citado cuerpo normativo. NOTIFÍQUESE el presente al demandado, con copia de la liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. Texto Firmado digitalmente por: FERNANDEZ Elsa Alejandra - PROSECRETARIO/A LETRADO.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INGRESOS BRUTOS, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción:
280126039 , LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 200920722016 , por la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON
CUARENTA CENTAVOS $ $36.835,40. por los períodos: 2011/08;
2011/12; 2012/05; 2012/10; 2012/12-, para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín
RESOLUCIÓN DJGD 000458/2023. Córdoba, 24 de noviembre 2023.
VISTO: Que la citación del deudor debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 6181723, en los autos caratulados DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ LOFTY SA

Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2021 por decreto 290/2021 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- CITESE, EMPPLACESE, PRO-

5 días - Nº 499244 - s/c - 6/12/2023 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2023 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date30/11/2023

Page count29

Edition count3984

Première édition01/02/2006

Dernière édition31/05/2024

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