Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/11/2023 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCVII - Nº 225
CORDOBA, R.A., MARTES 28 DE NOVIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

presupuesto. c.- Que con motivo del contexto de inestabilidad y volatilidad económica como consecuencia del alto nivel de incertidumbre generado en virtud del escenario político institucional del país a raíz de la definición electoral del próximo 19 de noviembre de 2023 y el rumbo que tomarán las medidas socio económicas que serán adoptadas por el futuro gobierno nacional, todo lo cual produce un pronóstico incierto que impide poder determinar adecuadamente los gastos a generarse en el próximo ejercicio. d.- Que si bien el art.
5 inc d. de la Ley 10.051 atribuye a la Asamblea de inscriptos establecer, en base a la propuesta del Consejo Directivo, el presupuesto anual de la Institución, al mismo tiempo, indica que si hasta el 31 de diciembre no se sancionare el presupuesto para el año entrante, a partir del 1 de enero siguiente entrará nuevamente en vigencia el presupuesto anterior, hasta la aprobación del nuevo.
e.- Que es evidente que, en el caso de existir una situación extraordinaria, en este caso planteada por el incierto contexto socio económico en el que nos encontramos inmersos con motivo de la transición política, surge aconsejable postergar el tratamiento del presupuesto anual para cuando se conozca a ciencia cierta el rumbo económico y medidas de coyuntura que adopte el nuevo gobierno a los efectos de hacer frente a la crisis económica financiera y en consecuencia reconducir el presupuesto aprobado para el cte. ejercicio, sin perjuicio de someter el nuevo presupuesto a tratamiento de la Asamblea Anual Ordinaria, cuando así fuere posible desde el punto de vista económico financiero. Que esta alternativa no sólo se encuentra enmarcada dentro de los parámetros legales sino también alineada con los objetivos y el espíritu de la Institución. f.- Que, en consecuencia, dada la imposibilidad temporal de tratar el presupuesto anual, y la facultad que la ley otorga en estos casos, resulta conveniente, prudente y responsable, prorrogar/reconducir el presupuesto aprobado por Asamblea General Ordinaria LXXV
Res. Nº 55/22 de fecha 7 de Diciembre de 2022, según los valores allí expuestos y sin perjuicio de la facultad que tiene este Consejo Directivo de resolver su actualización en un futuro, conforme lo dispuesto por la citada resolución. EL CONSEJO
DIRECTIVO DEL CONSEJO PROFESIONAL DE
CIENCIAS ECONÓMICAS DE CÓRDOBA, RE-

SUELVE: Artículo 1º: Prorrogar el Presupuesto y sus Anexos 1 y 2 Res. Nº 55/22 aprobado por Asamblea Anual Ordinaria de fecha 7 de Diciembre de 2022 para el próximo ejercicio económico, sin perjuicio de someter el nuevo presupuesto a tratamiento de la Asamblea Anual Ordinaria, que deberá ser convocada cuando así fuere oportuno. Artículo 2º: El presupuesto será reconducido según los valores allí expuestos y sin perjuicio de la facultad que tiene este Consejo Directivo de resolver su actualización en un futuro, conforme lo dispuesto por la citada resolución. Artículo 3º:
Regístrese, publíquese y archívese. Córdoba, 26 de octubre de 2023.Cr. GUSTAVO F. RUBÍN, Secretario del CPCE de CÓRDOBA. Cra. TERESITA DEL V. BERSANO, Presidente del CPCE de CÓRDOBA.
1 día - Nº 497825 - $ 5922 - 28/11/2023 - BOE

PROAGRO S.R.L.
CORRAL DE BUSTOS IFFLINGER
CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES - PRORROGA PLAZO DE DURACION DE LA SOCIEDAD
- MODIFICACION DEL CONTRATO SOCIAL
Por instrumento privado de cesión de cuotas de fecha 28.07.2023, el Sr. Martín Luciano Monney, D.N.I. Nº 25.986.924, CUIT 20-25986924-3, argentino, soltero, nacido el 13/06/1977, de 46
años de edad, de profesión comerciante, domiciliado en calle Santa Fe Nº 175 de Guatimozín, pcia. de Córdoba, vende, cede y transfiere al Sr.
Cristian Manuel Monney, D.N.I. Nº 22.142.194, CUIT 23-22142194-9, argentino, divorciado, nacido el 06/09/1971, de 51 años de edad, de profesión comerciante, domiciliado en calle Buenos Aires Nº 32 de Guatimozín, pcia. de Córdoba, la cantidad de doscientas cuatro 204 cuotas sociales que tenía en la sociedad PROAGRO
S.R.L., CUIT 30-70854895-9, Mat. 6087-B del Registro Público de Comercio de Córdoba, por valor nominal de Pesos Cien $100 cada una, o sea un valor total de $20.400.- Asimismo, por Acta de Reunión de Socios Nº 45 MODIFICACION CONTRATO SOCIAL, de fecha 04/08/2023 se resolvió: 1 Prorrogar el plazo de duración de la sociedad por otros veinte 20
años a contar desde la inscripción de dicha acta
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

en el Registro Público de Comercio. 2 Modificar la Cláusula Cuarta del contrato social en virtud de la cesión de doscientas cuatro 204 cuotas sociales de pesos cien $100 cada una, realizada por el Sr. Martin Luciano Monney, en favor de Cristian Manuel Monney, DNI 22.142.194, CUIT
Nº 23-22142194-9, mayor de edad, divorciado, argentino, con domicilio en calle Buenos Aires Nº 32, Guatimozin, Córdoba. Se reforma a tal efecto la Cláusula Cuarta del contrato social, la cual queda redactada de la siguiente manera:
CUARTA: El capital Social se fija en la suma de Pesos Quinientos diez mil $510.000, dividido en Cinco mil cien 5100 cuotas sociales de valor nominal de Pesos cien $100 cada una. Las cuotas son suscriptas en las siguientes proporciones: El Sr. Cristian Manuel Monney la cantidad de Cuatro mil ochocientos noventa y seis 4.896 cuotas sociales por la suma de Pesos Cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos $489.600, y el Sr. German Ariel Monney la cantidad de Doscientas cuatro 204 cuotas sociales por la suma de Pesos Veinte mil cuatrocientos $20.400. Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias.
La reunión de socios con el voto favorable de más de la mitad del capital social aprobara las condiciones de monto y plazos de integración.Asimismo, por Acta de Reunión de Socios Nº 47
MODIFICACIÓN CONTRATO SOCIAL POR
RECONDUCCION DE LA SOCIEDAD, de fecha 30/09/2023 se resolvió: 1 Modificar la Cláusula Segunda del contrato social en virtud de la Prórroga del plazo de duración de la Sociedad por veinte 20 años, a contar desde la inscripción del acta de prorroga ante el Registro Público de Comercio aprobada mediante Reunión de Socios de fecha 04/08/2023. Se reforma a tal efecto la Cláusula Segunda del contrato social, la cual queda redactada de la siguiente manera:
SEGUNDA: El plazo de duración de la sociedad se prorroga por 20 años más, a contar desde la inscripción del Acta respectiva por ante el Registro Público de Comercio.- Este plazo podrá prorrogarse por iguales periodos siempre que no se resolviere su disolución por voluntad unánime de los socios.1 día - Nº 497973 - $ 4746 - 28/11/2023 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/11/2023 - 3º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaysArgentine

Date28/11/2023

Page count38

Edition count3944

Première édition01/02/2006

Dernière édition23/05/2024

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