Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 16/2/2024

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
16 de febrero de 2024

N: 277
- Por cada metro adicional que supere los cincuenta 50 m2 :

$ 960.00

c Durante los meses de Enero y Febrero de 2025:
- Hasta cincuenta 50 m2 :

$ 4,120.00

- Por cada metro adicional que supere los cincuenta 50 m2 :

$ 3,720.00

Artículo 3º.- SUSTITUIR los cuadros de Promoción Comercial-Agentes de Propaganda y Promoción Comercial Vehículos, del Artículo 75º, del Título XVI: Contribución que Incide Sobre la Publicidad y Propaganda, de la Ordenanza Tarifaria Nº 7.033, por los siguientes:
Promoción Comercial - Agentes de Propaganda Por la promoción, realizada mediante "agente de propaganda"
promotor/a, en stands instalados en el interior de locales comerciales y demostraciones en la vía pública destinadas a hacer conocer el producto que se anuncia, mediante reparto de muestras gratis, y/o folletos ilustrativos, etc., por cada promoción y/o agente de propaganda y por día adelantado se abonarán:
Durante los meses de Enero, Febrero y Diciembre de 2024:
Resto del año 2024:

$ 10,000.00
$ 8,000.00

Durante los meses de Enero y Febrero de 2025:

$ 20,000.00

Promoción Comercial Vehículos
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 1 de la Ordenanza 7001, el que quedará redactado de la siguiente manera:
SUSPENDER por el término de doce 12 meses, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la aprobación de edificios de viviendas colectivas en bloque o dispersas, edificios de usos oficinas y edificios de usos mixtos, previstos en el Código de Edificación y Urbanismo, Ordenanza N 4021, en todo el Ejido de la ciudad de Villa Carlos Paz - con excepción de los edificios destinados a alojamiento turístico, a servicios institucionales, educativos y de salud, todos ellos sin unidades de vivienda individual o colectiva de uso permanente o temporario-. A los efectos de la presente Ordenanza, entiéndase por vivienda colectiva aquellas construcciones que agrupen más de 6 unidades de Vivienda individual por lote, ya sea en viviendas aisladas, adosadas o agrupadas en una única edificación destinada a departamentos con circulación de uso común. El presente plazo podrá ser prorrogado por el Departamento Ejecutivo municipal, por igual término.
Todo ello de acuerdo a los considerandos de la presente que formarán parte de la misma.
ARTÍCULO 2º.- MODIFICAR el Artículo 2 de la Ordenanza 7001 el que quedará redactado de la siguiente manera:
A fin de cumplimentar con lo establecido en el Artículo precedente, no será de aplicación por parte de la Dirección de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento, todos los Artículos e incisos de la Ordenanza Nº 4021, que estén relacionados y tengan correlación con las construcciones de edificios de viviendas colectivas en bloque o dispersas, edificios de usos oficinas y edificios de usos mixtos - con excepción de los edificios destinados a alojamiento turístico, servicios institucionales, educativos y de salud, todos ellos sin unidades de vivienda individual o colectiva de uso permanente o temporario".

Por cada vehículo destinado a la promoción, incentivación, difusión, exhibición de productos o servicios de cualquier índole, abonarán por adelantado y por día:

ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Municipal para su promulgación.

Durante los meses de Enero, Febrero y Diciembre de 2024:

$ 20,000.00

Resto del año 2024:

$ 16,000.00

Fdo.: Lic. Ma. Alejandra ROLDÁN, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. BOHN, Secretaria LegislativaEsteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Lic. Carla LIVELLI, Sec. Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental
Ramón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor-

Durante los meses de Enero y Febrero de 2025:

$ 40,000.00

Artículo 4º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo.: Lic. Ma. Alejandra ROLDÁN, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. BOHN, Secretaria LegislativaEsteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorPromulgada por Decreto Nº 069/DE/2024
Villa Carlos Paz, 14 de febrero de 2024
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorORDENANZA Nº 7059
VILLA CARLOS PAZ, 8 de febrero de 2024.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA

6

Ejecutivo
Promulgada por Decreto Nº 069/DE/2024
Villa Carlos Paz, 14 de febrero de 2024
Fdo.: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Lic. Carla LIVELLI, Sec. Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorORDENANZA Nº 7060
VILLA CARLOS PAZ, 8 de febrero de 2024.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
Artículo 1º.- APROBAR la Resolución Nº 005/OF/2024 del Organismo Fiscal, conjuntamente con sus Anexos I a V que forman parte integrante de dicha norma, cuya vigencia operará a partir del 01 de marzo de 2.024.
Artículo 2º.- EXCLUIR de la aplicación del Artículo 3 de la Resolución 005/OF/2024 los siguientes Artículos de la Ordenanza Tarifaria N 7.033:
1

TÍTULO IV: CONTRIBUCIONES QUE INCIDE SOBRE
LA OCUPACIÓN O UTILIZACIÓN DE ESPACIOS DEL
DOMINIO PÚBLICO Y LUGARES DE USO PÚBLICO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 16/2/2024

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date16/02/2024

Page count7

Edition count383

Première édition01/01/2015

Dernière édition17/05/2024

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