Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/1/2024

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

N: 273
la adjudicataria, que como Anexo I forman parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán atendidos con fondos provenientes de las Partidas Nº 35.01.100.2.24.413, 35.01.100.2.60.629, 35.01.100.2.60.639 y 35.01.100.2.24.426 del Presupuesto General de Gastos en vigencia o las que en el futuro las sustituyan.
Artículo 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ANEXO I
CONVENIO
Entre la Municipalidad de la Ciudad de Villa Carlos Paz, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, ESTEBAN AVILÉS, D.N.I. Nº 22.413.806, con domicilio en calle Liniers N 50 de esta Ciudad, por una parte en adelante la Municipalidad y la firma ADOPAVI S.A., C.U.I.T. Nº 30-711835004, representada por el Sr. Félix Eduardo María PIÑERO, D.N.I. N
16.083.094, con domicilio en calle Lisandro de la Torre Nº 689, Bº Las Ensenadas, de la Ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, en su carácter de Administrador, por la otra parte en adelante la Contratista, han resuelto de mutuo y común acuerdo celebrar el presente instrumento, complementario del Contrato Nº 1.445, que se regirá por las siguientes cláusulas:
-CLÁUSULA PRELIMINAR: El Contrato Nº 1.445 de fecha 22 de diciembre de dos mil veintidós, oportunamente suscripto en el marco de la Licitación Pública Nº 005/22 para la obra Plan de Pavimentación sobre calles que transita el Transporte Urbano de Pasajeros T.U.P. - Etapa Bº Solares de las Ensenadas de la Ciudad de Villa Carlos Paz, ha visto pausado su desarrollo como consecuencia del contexto general de la economía que a partir de la segunda semana de abril comenzaron una serie de acontecimientos negativos, como marcadas devaluaciones y crecimiento descontrolado de la inflación que generó un quiebre de la ecuación económica y consecuentementede los plazos de obra, cambiando las condiciones económicas y financieras del país imperantes al momento de la suscripción de dicho contrato.
En virtud de ello -y en consonancia con la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Córdoba-, cabe considerar la firma del presente acuerdo.-PRIMERA: En virtud de lo referido en la cláusula preliminar, las partes acuerdan que con el objeto de corregir el desequilibrio de la ecuación económica, la actualización de los precios cotizados para toda la obra será de acuerdo al porcentaje que surja de la aplicación del Índice del Costo de la Construcción CórdobaNivel General, que publica la Dirección General de Estadística y Censos, al mes del vencimiento de los valores cancelatorios entregados o al mes de la transferencia del pago realizado y con referencia al índice base que será el correspondiente al mes de vencimiento del plazo de la oferta de cotización. Al resultado obtenido se le detraerán si hubierenlas actualizaciones calculadas al mes de la certificación de obra, según lo estipulado en el respectivo contrato y se actualizará al mes anterior al de su solicitud.-SEGUNDA: La erogación que demande el cumplimiento del presente contrato será atendida con fondos provenientes de las Partidas Nº 35.01.100.2.24.413, 35.01.100.2.60.629, 35.01.100.2.60.639 y 35.01.100.2.24.426 del Presupuesto General de Gastos en vigencia o las que en el futuro las sustituyan.-TERCERA: Las partes manifiestan que una vez percibidos los pagos en la forma y condiciones que se concilian en este instrumento, en concordancia con la totalidad de los derechos y obligaciones emergentes del pliego general de bases y condiciones y del contrato oportunamente suscripto, nada tendrán que reclamarse recíprocamente.-CUARTA: Para cualquier divergencia que pudiere surgir de la interpretación de los términos del presente instrumento, las partes se someten: si correspondiere al fuero contencioso administrativo, a los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Córdoba; y si correspondiere al fuero civil y comercial, a los Tribunales
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PRIMERA SECCIÓN
19 de enero de 2024
Ordinarios de la ciudad de Villa Carlos Paz, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiere corresponder.PREVIA LECTURA Y RATIFICACION y en prueba de conformidad, se suscribe el presente, en dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, a los Fdo.: Lic. Ma. Alejandra ROLDÁN, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. BOHN, Secretaria LegislativaEsteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Lic. Carla LIVELLI, Sec. Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental Ramón C.
MONTENEGRO, Oficial MayorPromulgada por Decreto Nº 028/DE/2024
Villa Carlos Paz, 16 de enero de 2024
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Lic. Carla LIVELLI, Sec. Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental - Ramón C.
MONTENEGRO, Oficial MayorORDENANZA Nº 7054
VILLA CARLOS PAZ, 11 de enero de 2024.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
Artículo 1º.- APROBAR el Convenio complementario del Contrato Nº 0791 de fecha 25 de abril de dos mil veintitrés, Licitación Pública Nº 004/23 para la obra Construcción de Redes Colectoras Cloacales en sectores de Bº El Fantasio y Estación de Bombeo a suscribir entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la adjudicataria, que como Anexo I forman parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán atendidos con fondos provenientes de la Partida Nº 35.01.100.2.60.614 del Presupuesto General de Gastos en vigencia o la que en el futuro la sustituya.
Artículo 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ANEXO I
CONVENIO
Entre la Municipalidad de la Ciudad de Villa Carlos Paz, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, ESTEBAN AVILÉS, D.N.I. Nº 22.413.806, con domicilio en calle Liniers N 50 de esta Ciudad, por una parte en adelante la Municipalidad y la firma ARYKO S.A., C.U.I.T. Nº 30-71029020-9, representada por el Ing. Hugo Federico PÉREZ CORDI, D.N.I. N
25.267.414, con domicilio en calle Hiroshima Nº 189, Bº Becciú, de la Ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, en su carácter de Presidente, por la otra parte en adelante la Contratista, han resuelto de mutuo y común acuerdo celebrar el presente instrumento, complementario del Contrato Nº 0791, que se regirá por las siguientes cláusulas:
-CLÁUSULA PRELIMINAR: El Contrato Nº 0791 de fecha 25 de abril de dos mil veintitrés, oportunamente suscripto en el marco de la Licitación Pública Nº 004/23 para la obra Construcción de Redes Colectoras Cloacales en sectores de Bº El Fantasio y Estación de Bombeo, ha visto pausado su desarrollo como consecuencia del contexto general de la economía que a partir de la segunda semana de abril comenzaron una serie de acontecimientos negativos, como marcadas devaluaciones y crecimiento descontrolado de la inflación que generó un quiebre de la ecuación económica y consecuentementede los plazos de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/1/2024

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date19/01/2024

Page count15

Edition count383

Première édition01/01/2015

Dernière édition17/05/2024

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