Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 6/10/2023

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
06 de octubre de 2023

N: 255
Artículo 7º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor
DECRETO N 633/D/2023
VILLA CARLOS PAZ, 05 de septiembre de 2023
VISTO: La nota presentada por la Sra. BOTAS NOELIA
MARILYN, D.N.I. Nº 33.367.700, mediante el cual solicita autorización para el uso de un sector de la Sala de Convenciones Municipal, para una presentación, a realizarse durante el día 9 de septiembre próximo; y CONSIDERANDO: Que dicho evento se organiza en nuestra Ciudad fomentando la participación de los niños de la Comunidad educativa Waldorf Sol de Oro con una obra de títeres y presentación del coro Navegantes.Que conforme a las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- AUTORIZAR a la Sra. BOTAS NOELIA
MARILYN, D.N.I. Nº 33.367.700, a la ocupación y uso precario de un sector de la Sala de Convenciones Municipal para un evento denominado Títeres y Coros, durante el día 9 de septiembre del 2023 de 16hs a 21hs, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 2.- EXIMIR en forma total del pago del tributo correspondiente a la Sra. Botas de conformidad al art. 62 de la Ordenanza Tarifaria.Artículo 3.- La Secretaria de Turismo e Innovación, Cultura y Deportes, la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana y la peticionante tomaran conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 4.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Sebastián BOLDRINI, Sec.de Turismo e Innovación, Cultura y Deportes
Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorDECRETO N 634/A/2023
VILLA CARLOS PAZ, 05 de septiembre de 2023
VISTO: El expediente N 221662/23, presentado por la Sra.
Sofía Viola, DNI N: 37.635.867, en su carácter de Directora del Nivel Inicial del Colegio Julieta Delfino, mediante el cual solicita autorización para el uso de espacio público y cierre de calle; y CONSIDERANDO: Que el requerimiento consiste en el cierre de la calle frente al colegio, para realizar una bicicleteada por el Día de la Primavera, junto a los niños y a las familias del Nivel Inicial.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- AUTORIZAR al Colegio Julieta Delfino, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación y cierre de la calle Independencia entre Av. San Martín y Pablo Veronés, el día viernes 22 de setiembre de 2023, en los horarios de 14:30hs. a 16:00hs., para realizar una bicicleteada, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El peticionante deberá restituir los espacios utilizados en las mismas condiciones en que les fueron entregados.Artículo 3º.- La Dirección de Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 4º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor
DECRETO N 636/C/2023
VILLA CARLOS PAZ, 06 de septiembre de 2023
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 6.916, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Artículo 6º de dicha Ordenanza establece Excepto las situaciones previstas en el artículo siguiente, el Departamento Ejecutivo podrá variar las Partidas Presupuestarias de Segundo Nivel o inferior de gastos, pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Artículo 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1.- MODIFICAR a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:

JURISDIC. -SUB
JURISD.

-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEMDESCRIPC.

41.01.100.1.13.313

ALQUILERES VARIOS

41.01.100.2.24.417
47.01.100.1.12.219

Por ello:

2

EQUIPOS
EDUCACIONALES Y
RECREATIVOS
COMBUSTIBLES Y
LUBRICANTES

AUMENTA

DISMINUYE

$ 200.000
$ 200.000
$ 29.000.000

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 6/10/2023

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date06/10/2023

Page count14

Edition count383

Première édition01/01/2015

Dernière édition17/05/2024

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