Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/9/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
22 de septiembre de 2023

N: 253
de esta ciudad, a partir del 23 de agosto de 2023, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTÍCULO 2.- La Dirección de Registro Civil, tomará conocimiento del presente a los efectos de la registración de firma.ARTICULO 3.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor
DECRETO N 586/A/2023
VILLA CARLOS PAZ, 23 de agosto de 2023
VISTO: El Expediente N 221350/2023 presentado por el Sr.
Gabriel Fabio Cardo, DNI Nº 18.501.847, mediante el cual solicitan autorización para el cierre de calle y uso del espacio público; y CONSIDERANDO: Que los requerimientos consisten en el cierre de calle Pje. Del Carmen 85, esq. Pje. San Ignacio, para tareas de ascensión y montaje con grúa de piscina en terraza de edificio en construcción.
Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- AUTORIZAR al Sr. Gabriel Fabio Cardo, DNI Nº 18.501.847, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación y cierre de calle Pje. Del Carmen 85, esq. Pje. San Ignacio, el día miércoles 23 de agosto de 2023, entre las 13:30hs.
y las 16:30hs., para realizar tareas de ascensión y montaje con grúa de piscina en terraza de edificio en construcción, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El peticionante deberá restituir los espacios utilizados en las mismas condiciones en que les fueron entregados.Artículo 3º.- La Dirección de Seguridad queda facultada para realizar cortes de calles, determinar el cambio en el sentido de circulación, así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y las modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante la jornada.Artículo 4.- La Dirección de Recursos Fiscales procederá al cobro del canon correspondiente a cuatro 2 adicionales con servicio de control de tránsito.Artículo 5º.- La Secretaría de Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos, la Dirección de Recursos Fiscales y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 6º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor

3

DECRETO N 587/DE/2023
VILLA CARLOS PAZ, 23 de agosto de 2023
VISTO: La Ordenanza Nº 6050 que establece un régimen para la disposición de los vehículos, moto-vehículos y chatarra que se encuentran en el Depósito Municipal a raíz de infracciones u otros;
y CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º de la citada norma expresa que: Es autoridad de aplicación del presente régimen, el que determine el Departamento Ejecutivo Municipal a través Decreto, asumiendo el control, designación y nombramiento de las personas afectadas a la implementación de la presente Ordenanza. Asimismo la Justicia Administrativa Municipal de Faltas de Villa Carlos Paz tendrá intervención conjunta, cada uno en el marco de sus atribuciones Que a tales fines, resulta menester la designación del área pertinente, recayendo ésta en la Secretaría General y de Vinculación Institucional, por afinidad de actividades.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- DETERMINAR como Autoridad de Aplicación de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 6050, a la Secretaría General y de Vinculación Institucional de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTICULO 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor
DECRETO N 588/DE/2023
VILLA CARLOS PAZ, 23 de agosto de 2023
VISTO: El inicio de una nueva gestión de Gobierno Municipal a partir del día 14 de agosto de 2023; y CONSIDERANDO: Que resulta necesario contar con una Coordinación General Administrativa, en el ámbito de la Dirección de Atención Médica, dependiente de la Secretaría de Salud Pública.Que el Sr. Rodrigo J. LUCIANO, es la persona que reúne las condiciones de idoneidad apropiada para desempeñar las funciones aludidas.Que conforme lo establecido por el artículo 103º de la Carta Orgánica Municipal, y las disposiciones de la Ordenanza Orgánica del Departamento Ejecutivo, se emite el acto administrativo correspondiente.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- ENCARGAR al Sr. Rodrigo José LUCIANO, DNI.Nº 25.208.320, la atención y firma de la Coordinación General Administrativa de la Dirección de Atención Médica, dependiente de la Secretaría de Salud Pública, a partir del 14 de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/9/2023

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date22/09/2023

Page count11

Edition count383

Première édition01/01/2015

Dernière édition17/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930