Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 23/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Lunes, 23 de octubre de 2023

Núm. 121

por la organización de exposiciones, conferencias y jornadas técnicas vinculadas directamente con la actividad, etc.
SÉPTIMA.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS
La ayuda la percibirá el solicitante una vez ejecutada y justificada la actividad por la que se solicita la misma. Su cuantía la fijará la Comisión de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Montes considerándose, al menos, tres criterios:
a.Interés de la actividad en relación al número y tipo de ensayos a realizar, con especial referencia a distintos cultivos de girasol e incorporación de novedades a líneas de trabajo estandarizadas. En este apartado se podrán otorgar hasta 30 puntos.
b.Superficie ensayada en has. Se asignan hasta 30 puntos distribuidos en las siguientes escalas: menos de 10 has, 10 puntos; entre 10 y 20 has, 20 puntos y más de 30 has ensayadas 30
puntos.
c.Gastos previstos con una puntuación máxima de 40 puntos distribuidos en menos de 10.000
€, 10 puntos; entre 10.000 y 20.000 €, 20 puntos; entre 20.000 y 30.000 €, 30 puntos y a partir de esa cantidad 40 puntos.
El valor del punto se obtendrá al dividir la cantidad presupuestaria disponible entre el sumatorio de puntos obtenidos en el conjunto de expedientes.
La cuantía individual resultará de multiplicar el número de puntos por su valor. En todo caso, se establecen unas cantidades máximas absolutas de 6.000 € por beneficiario así como el porcentaje máximo de la ayuda no podrá superar el 70 % de los gastos elegibles.
OCTAVA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Los interesados que deseen acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases, deberán presentar en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJAPYPAC una solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Presidente a la que se adjuntará la siguiente documentación:
1 Fotocopia de C.I.F.
2.Proyecto técnico o memoria valorada de actividades a desarrollar durante el año 2023 que incluya toda la información necesaria para el cálculo de la ayuda, según se especifica en cláusula séptima, con indicación de, entre otros, los ensayos y su superficie acompañado del presupuesto de la actividad.
3.Declaración de cualquier otra subvención o ayuda solicitada y, en su caso, concedida para la misma finalidad, con indicación de su importe.
4.Certificado de titularidad de cuenta bancaria.
NOVENA.- PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes se establece en 20 días a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se admitirán a trámite.
DÉCIMA.- SUBSANACIÓN
Si una vez examinadas las instancias y sus documentos se comprueba que no reúne los datos exigidos en la presente convocatoria se requerirá al solicitante para que proceda a la subsanación de los defectos observados en el plazo máximo de 10 días, advirtiendo que en caso contrario se procederá, sin más trámite, al archivo de la instancia de solicitud de ayuda económica.
UNDÉCIMA.- CONCESIÓN AYUDA.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes se procederá al examen de las solicitudes
BOPSO-121-23102023

Pág. 4075

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 23/10/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaysEspagne

Date23/10/2023

Page count22

Edition count2688

Première édition04/05/2005

Dernière édition03/06/2024

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