Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 19/1/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0014
Viernes, 19 de enero de 2024
Derechos de enganche 50 €
Artículo 3.- En aquellos casos en los que se detecte por los servicios municipales la existencia de averías o manipulaciones en los contadores que impidan la obtención de la lectura real, se procederá a liquidar los consumos mediante la aplicación del mayor consumo de los últimos tres semestres.
SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual los/as interesados/as podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta entidad http villadelrey.sedelectronica.es TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
CUARTO. Facultar a la Alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto
CVE: BOP-2024-288
Villa del Rey, 16 de enero de 2024
José Flores Tapia ALCALDE-PRESIDENTE
Pág. 1172
Verificable en: http bop.dip-caceres.es
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.