Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 9/02/2024

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

90.-

TituloES: Extracto del Decreto de la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, mediante el que se convocan subvenciones en el marco del Programa de Modernización de la flota de autotaxi de la ciudad de Ceuta, anualidades 2023-2024.
TextoES: BDNSIdentif.:740673

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/740673
Primero. - Objeto.
Convocar el concurso, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la modernización de la flota de auto taxis de la Ciudad Autónoma de Ceuta, anualidades 2023-2024.
Segundo. Bases Reguladoras de la actuación BBRR.
Las BBRR que han de regir esta convoctoria han sido confeccionadas en consenso con la Consejería competente en materia de transporte público urbano, resultando aprobadas por resolución del Consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, de 06 de diciembre de 2023, y publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta nº 6365, de 15 de diciembre de 2023. https www.ceuta.es/ceuta/component/jdownloads/finish/1922-diciembre/22105-bocce-6365-15-12-2023?
Itemid=534.
Tercero. Beneficiarios o destinatarios finales. Requisitos y obligaciones.
Los beneficiarios habrán de cumplir con los requisitos y obligaciones establecidas en el artículo 5 de las BBRR.
Así mismo, deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad indicadas en el artículo 14 de las BBRR.
Cuarto. Proyectos subvencionables.
Se entenderá subvencionable la inversión en la adquisición de un vehículo de la categoría M1 vehículo para transporte de pasajeros y que no contenga más de 8 asientos además del asiento del conductor, matriculado en España, y adscrito a las categorías recogidas en la Orden PCI/810/2018, de 27 de julio, por la que se modifican los anexos II, XI y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre que, a continuación, se detallan:
Vehículos Cero emisiones, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería BEV, vehículo eléctrico de autonomía extendida REEV, vehículo de hidrógeno HICEV, vehículo eléctrico híbrido enchufable PHEV con una autonomía mínima de 40 kilómetros ciclo NEDC o vehículos de pila de combustible.

Vehículos ECO, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía superior a 40 Km ciclo NEDC, vehículos híbridos no enchufables HEV.
Las ayudas se otorgarán por una sóla vez, sin que quepa duplicidad en caso de sucesivas transmisiones del mismo vehículo y/o licencia a la que esta afecto.
Los proyectos subvencionables se desarrollan en el artículo 6 de las BBRR
Quinto. - Financiación. Crédito presupuestario.

El crédito de esta convocatoria asciende a CIEN MIL EUROS 100.000 €, y se encuentra habilitado en la partida de gastos e ingresos del presupuesto aprobado de la Sociedad de Desarrollo de Ceuta, PROCESA para la anualidad 2023.
Sexto. Cuantía de la subvención.
Las intensidades y cuantías máxima de subvención se encuentran recogidas en el artículo 11 de las BBRR.
Las subvenciones que se convocan revisten la modalidad de entrega dineraria, sujeta al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos, actividades y condiciones requeridas.
En cualquier caso, habrá de tenerse en cuenta los límites máximos establecidos por la UE en cada momento en virtud de la normativa vigente en el momento de la concesión.
Excepcionalmente, de conformidad a lo dispuesto en el art. 22 de la LGS, atendiendo a las limitaciones presupuestarias de la convocatoria, el órgano competente podrá proceder al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a la misma Séptimo. - Plazo de presentación de solicitudes.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 9/02/2024

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaysEspagne

Date09/02/2024

Page count54

Edition count6167

Première édition19/11/1926

Dernière édition21/05/2024

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