Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/09/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

553.-

1/2023 Fempa-Exped elección grupo acción local pesca
La Excma. Sra. Consejera de Hacienda, Transición económica y Transformación Digital en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha 23 de junio de 2023
y en ejercicio de sus competencias recogidas en el Decreto de 23 de junio de 2023, éntrelas que específicamente se encuentran, los Fondos Europeos, conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, ha resuelto dictar con esa fecha el siguiente decreto:
ANTECEDENTES
El Reglamento UE 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento UE 2017/1004, regula dicho Fondo para el período 2021-2027. Dicho Reglamento establece en su artículo 3 cuatro prioridades de actuación, siendo la tercera de ellas la consistente en permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas. Es en esta prioridad donde se enmarca el Desarrollo Local Participativo en materia de Pesca, desarrolladoen el artículo 30 del Reglamento analizado.
El Reglamento UE n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de TransiciónJusta y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieraspara dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, regula y desarrolla en sus artículos 31 a 34 el Desarrollo Local Participativo en materia de Pesca.
El Desarrollo Local Participativo estará gobernado por los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y se llevará a cabo a través de estrategias de desarrollo local integradas, multisectoriales y basadas en zonas, y los criterios de selección de las estrategias serán definidos porlos estados miembros.
La selección y aprobación de las estrategias será realizada por las autoridades de gestión correspondientes.
El RDC fija los elementos básicos que deben contener EDLP y su selección y establece que los GALP son los encargados de concebir y llevar a la práctica las EDLP.

A tal efecto, este Reglamento define las condiciones básicas que deben cumplir y las ayudas que incluirá el desarrollo local participativo auxiliados mediante el Reglamento UE núm. 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, relativo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura en adelante, FEMPA. En el capítulo IV, prioridad 3, del FEMPA se establecen las condiciones de desarrollo local participativo para posibilitar una economía azul sostenible en las zonas costeras y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas.
El artículo 34.1.a del Reglamento 2021/1060 establece que la ayuda de los FEMPA en el desarrollo local participativo incluirá los gastos de la ayuda preparatoria, incluido el desarrollo de capacidades. Esta ayuda seráadmisible con independencia de que la EDLP se seleccione posteriormente para su financiación o no.
La Decisión de ejecución de la Comisión de fecha 29 de noviembre de 2022 aprueba el Programa operativoespañol en adelante PO del FEMPA para el período 2021-2027.
Las estrategias de desarrollo local participativo previstas en esta resolución se programarán, aplicarán y financiarán mediante el PO del FEMPA.
A tal efecto, es necesario convocar el proceso de selección de los GALP, que tendrá lugar en dos fases: en la primera se realizará una selección provisional de entidades candidatas y la aprobación de la ayuda preparatoria, y en la segunda se presentarán y se aprobarán las estrategias de desarrollo local y la aprobación definitiva de los GALP, en aplicación del citado marco normativo.

En el marco de este Decreto, por tanto, también se publican las bases reguladoras de las ayudas para la preparación de las estrategias de desarrollo local. La tramitación de estas ayudas se adapta a lo que establece el Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital.
A PROCEDIMIENTO SELECCIÓN GALP EN CEUTA
A1. Pre-selección de GALP en Ceuta en el marco del FEMPA:
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/09/2023

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaysEspagne

Date05/09/2023

Page count14

Edition count6167

Première édition19/11/1926

Dernière édition21/05/2024

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