Boletin Judicial de Costa Rica del 5/7/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 24 BOLETÍN JUDICIAL Nº 121

Miércoles 5 de julio del 2023

Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos corren a partir de la publicación. De conformidad con la circular N 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón Materia Familia, San Ramón, fecha 08 de junio del año 2023.
Msc. Sofía Céspedes Oviedo, Juez.1 vez.O. C. N 36412-2021D.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023790904 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Estefanía Cecilia de la Trinidad Hernández Rodríguez, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0203530803, vecina de San Ramón, Santiago, calle León, de la Escuela Yadira Gamboa 50
metros al sur, hija de Alberto Hernández Alvarado y Odilie Rodríguez Fernández, nacida en El Salvador, San Ramón, Alajuela, el 02/09/1960, con 62 años de edad, y Marco Antonio Francisco Artavia Brenes, mayor, divorciado, joyero, cédula de identidad número 0203540570, vecino de San Ramón, del Súper Bodega Frutas y Verduras 50 metros hacia el sur, hijo de Gilbert Artavia Esquivel y Flore Brenes Chavarría, nacido en Centro, San Ramón, Alajuela, el 20/10/1960, actualmente con 62 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 23-000339-0688-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos corren a partir de la publicación. De conformidad con la circular N 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón Materia Familia, San Ramón, fecha, 25 de mayo del año 2023.
Msc. Sofía Céspedes Oviedo, Jueza.María Rosaura Obando Rodríguez, Decisor/a.1 vez.O.C. Nº 364-122021D.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023790906 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Francisco Gabriel Gutiérrez González, mayor, soltero, chofer de equipo pesado, cédula de identidad número 0207290412, vecino de San Ramón, Piedades Norte La Paz, hijo de Mainor Gutiérrez Arrieta y Leidy Victoria González Salas, nacido en Centro Grecia Alajuela, el 29/08/1994, con 28
años de edad, y Olga Martha Quirós Gálvez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0206970341, vecina de San Ramón, Piedades Norte La Paz, hija de Juan Quirós Sacida y Dora María Gálvez García, nacida en Pocosol San Carlos Alajuela, el 26/02/1992, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 23- 000353-0688-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional.- Los plazos comenzarán a correr a partir de su publicación.- De conformidad con la circular N 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón Materia Familia, San Ramón, 05 de junio del año 2023.Msc.
Sofia Céspedes Oviedo. Jueza.1 vez.O.C. N 364-122021D.Solicitud N 68-2017-JA. IN2023790908 .

Edictos en lo Penal Fiscalía de Sarapiquí, al ser las catorce horas del 6 de junio del 2023. Por requerirse en sumaria penal N
200003021341TR, por el delito de Lesiones Culposas, en perjuicio de Cristian Francisco Millon Serrano y otro, se solicita publicar por medio de edicto y por una vez en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, la siguiente resolución: De conformidad con los artículos 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Albin Ariel Pauth Rizo, por medio de la defensa Civil de la Victima, a darle traslado al demandado civil Edson Andre Millon Gutiérrez, de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del la actor a civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Notifíquese. Priscilla Chacón Chinchilla, Fiscal Auxiliar. Fiscalía de Sarapiquí Penal. Así mismo se le previene que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de Sarapiquí, donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que, si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitaré la notificación por causas ajenas del Despacho o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexacto, las resoluciones le quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese al demandado la presente resolución. Artículos 4, 6, 7, 24 de la Ley de Notificaciones y 115 del Código Procesal Penal. De conformidad con la circular N 19-2020 y del acuerdo del Consejo Superior, sección 19-2020, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho. Publíquese una única vez.Fiscalía de Sarapiquí.Priscilla Chacón Chinchilla, Fiscal Auxiliar Sarapiquí.1 vez.O. C. N 364-12-2021D.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023790830 .
A Juan Didier Alfaro Acuña, cédula de identidad 1-07120754, en su condición de propietario registral del vehículo placas N 395115, marca Geo, tipo sedan dos puertas, chasis N JB1RF2363P752084, de conformidad con el artículo 172
de la Ley del Tránsito 9078 del 26 de octubre del dos mil doce, se le notifica su derecho de ser parte o no en la sumaria 16000456-0412-PE, por lo cual deberá apersonarse dentro de los diez días siguientes a la publicación de ésta resolución, con la advertencia que de no hacerlo, se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia.
Expediente: 16-000456-0412-PE contra: Brandon José Granados Trejos. Ofendida: Ana Luz Pineda Barrantes. Delito:
Lesiones Culposas Ley de Tránsito. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente número 16-0004560412-PE.Tribunal del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Santa Cruz, a las catorce horas cuarenta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintitrés.Lic. Ariel Montero Villalobos, Juez de Juicio.1 vez.O.C. N 364-122021D.Solicitud N 68-2017-JA. IN2023790837 .
MAX FABIAN
CARRANZA ARCE
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Firmado digitalmente por MAX
FABIAN CARRANZA ARCE FIRMA
Fecha: 2023.07.04 16:11:51 -0600

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 5/7/2023

TitreBoletín Judicial de Costa Rica

PaysCosta Rica

Date05/07/2023

Page count24

Edition count5055

Première édition01/01/2003

Dernière édition23/10/2023

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