Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2013 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 5020

LA PLATA, LUNES 10 DE JUNIO DE 2013

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Oficial Resoluciones
ARTÍCULO 4. Registrar, comunicar, notificar, publicar y pasar a la Subsecretaría de Actividades Portuarias, a sus efectos. Cumplido, archivar.


Cristian Breitenstein Ministro de la Producción, Ciencia y Tecnología C.C. 5.599

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución Nº 148
La Plata, 29 de mayo de 2013.
VISTO el expediente Nº 22400-21077/13, por medio del cual tramita la realización del Concurso de Precios para la adjudicación de la obra de "DRAGADO DE MANTENIMIENTO EN PUERTO DOCK SUD", Delegación Portuaria Dock Sud, Puerto Dock Sud, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 169 a 289 obra el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Infraestructura Portuaria - Subsecretaría de Actividades Portuarias, confeccionado de conformidad a lo normado por la Ley N 6.021 y su reglamentación, para la realización de la obra de "DRAGADO DE MANTENIMIENTO EN PUERTO DOCK SUD", Delegación Portuaria Dock Sud, Puerto Dock Sud, con un presupuesto oficial de pesos cien millones $ 100.000,00 y un plazo de ejecución de la obra de trescientos noventa 390 días corridos;
Que el objeto de la referida obra contempla la realización del dragado del Canal Sur de acceso al Puerto Dock Sud, Dársena de Propaneros, Dársena de Inflamables, Muelle A-A y la Primera y Segunda Sección del Canal Dock Sud;
Que por Decreto N 3.431/11 se aprobó el Convenio Marco para el Cumplimiento del Plan de Acción Conjunta del Reordenamiento Territorial del Polo Petroquímico del Puerto Dock Sud, Provincia de Buenos Aires y se facultó al entonces Ministerio de la Producción a ejecutar la realización de las obras necesarias para cumplir con los objetivos establecidos en el "Plan Director Puerto Dock Sud", de conformidad a lo normado en el artículo 3 inciso c del Decreto N 5.488/59, reglamentario de la Ley N 6.021, estableciéndose específicamente que la Provincia de Buenos Aires se compromete a proyectar, ejecutar y financiar, una campaña de Dragados que posibilite la correcta navegabilidad hacia el Puerto de Dock Sud;
Que la Ley N 6.021 faculta al Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología a la realización de la mencionada obra, mediante el mecanismo de concurso de precios, atento consistir la misma en trabajos de urgencia reconocida;
Que el Decreto N 958/10 declaró el estado de emergencia de carácter social, ambiental, sanitario y de infraestructura, en el marco de la Ley N 11.340, por el termino de dos 2 años, para la realización de las obras necesarias y la implementación de las acciones tendientes a la reparación de los daños producidos como consecuencia del actual estado de la Cuenca Matanza - Riachuelo en distintos partidos, entre ellos el de Avellaneda, que estarán a cargo de cada una de las jurisdicciones con competencias para implementarlas conforme la legislación vigente en la materia;
Que dicho estado de emergencia normado por Decreto N 958/10, fue prorrogada por dos 2 años por su similar Nº 325/12;
Que a foja 293 y 294 la Subsecretaría de Actividades Portuarias manifiesta que ha detectado un incremento apreciable de los sedimentos acumulados en los distintos sectores del proyecto, sugiriendo la urgencia de restituir las profundidades, especialmente en el Canal Sur de acceso al puerto Dock Sud, el cual es el paso obligado de las grandes embarcaciones a cualquier terminal del puerto, involucrando los buques portacontenedores, los petroleros y de cargas generales, planteando una vía abreviada para la realización de la obra de dragado como es el Concurso de Precios, en el marco de lo previsto por la Ley N 6.021 y el Decreto N 958/10 y su prorrogado N 325/12;
Que la presente medida se dicta en concordancia con las atribuciones conferidas por la Ley N 11.206 y el artículo 20 inciso 7 de la Ley Nº 13.757, modificado por Ley N
13.881, la N 14.393 y la Ley N 6.021 y su Decreto Reglamentario N 5488/59 y los Decretos N 3431/11 y N 958/10 prorrogado por su similar N 325/12;
Por ello, El MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN, CIENCIA y TECNOLOGÍA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones que regirá el lIamado a Concurso de Precios para la realización de la obra de "DRAGADO DE MANTENIMIENTO
EN PUERTO DOCK SUD", en jurisdicción de la Delegación Portuaria Dock Sud - Puerto Dock Sud, el cual como Anexo Único en un totaI de ciento veintiún 121 fojas, forma parte integrante del a presente resolución.
ARTÍCULO 2. Autorizar a la Subsecretaría de Actividades Portuarias, a efectuar el llamado a Concurso de Precios, conforme al Pliego de Bases y Condiciones que se aprueba en el artículo 1.
ARTÍCULO 3. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos precedentes, será atendido con cargo a la "Cuenta Especial Fondo Provincial de Puertos Ley N 11.206 y con las partidas específicas que al efecto se asignen en los presupuestos vigentes.

Provincia de Buenos Aires ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
Resolución N 48/12
La Plata, 13 de noviembre de 2012.
VISTO el Expediente OCABA N 2430 - 4733/2012, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia y de conformidad con lo prescripto en los artículos 17 y 19 de la ley 14.331 del Presupuesto General Ejercicio 2012, que propicia la transferencia de créditos cuyo detalle obra a fs. 2 y 3;
Que se cuenta con la intervención de la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía;
Que la Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello, en virtud de lo establecido en los artículos 17 y 19 de la Ley 14.331 del Presupuesto General Ejercicio 2012, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Autorizar la transferencia de créditos dentro de las Partidas Principales 1, 2 y 3 del Presupuesto General Ejercicio 2012 de este Organismo, según detalle obrante a fs. 8
que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Horacio G. Delgado, Director Presidente; Luis Mosquera Drago, Vicepresidente; Juan Diego González Morales, Director Representante; Alfredo Domingo Saraceno, Vocal;
Daniel Omar Rodil, Vocal; Marta N. Giménez, A/C Sección Despacho.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2013 - Sección Oficial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaysArgentine

Date10/06/2013

Page count26

Edition count3384

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