Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/11/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 23 de noviembre de 2021

empleada domestica, nacida el 02 de febrero de 1993 en la ciudad de Villa Gesell, provincia de Buenos Aires, hija de Carlos Ernesto y de Sandra Carolina Rodriguez, en orden al hecho por el que fue requerido a juicio, Arts. 239, 80 y 45 del Código Penal, ocurrido el 14 de diciembre en la localidad de Villa Gesell, provincia de Buenos Aires, en razón de haber operado la prescripción de la acción penal. Rigen en el caso los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 67 del CP. y 341 del C.P.P. Segundo:
Regístrese. Notifíquese. Oportunamente practíquense las comunicaciones de Ley". Fdo. Dr. Emiliano J. Lazzari. Juez a Cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Ante Mi: Dra. Natalia Noemi Lovari. Abogada-Secretaria.
Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: "Dolores, 10 de noviembre de 2021. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación del infractor Rodriguez Yesica, provenientes de la Comisaría de Villa Gesell y atento a lo allí informado y no habiéndose podido notificarlo de la resolución dictada por el Juzgado, con fecha 2 de septiembre de 2021; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Artículo 129 del C.P.P.- Notifíquese al Agente Fiscal y a la Defensora Oficial". Fdo. Dr. Emiliano J. Lazzari. Juez a Cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental.
nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús, Dr. Ramiro G. Varangot, por medio del presente, cita y emplaza, por el termino de cinco dias, a JONATHAN DANIEL
MOLINA, a estar a derecho Artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2000-8830-21, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo en grado de Tentativa. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: nús, 10 de noviembre de 2021. En atención a lo que surge de los informes de fecha 29/9/2021, 28/10/2021 y 10/11/2021 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Jonathan Daniel Molina, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días". Fdo: Ramiro G.
Varangot. Juez. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado Rebelde Artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 10 de noviembre de 2021. Martin Cantaro. Auxiliar Letrado.
nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS - El Señor Juez subrogante del Tribunal en lo Criminal N 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr.
Nicolás Miguel Plo, por medio del presente, notifica, por el termino de cinco días, a MATIAS ANTONIO GONZALEZ
GIMENEZ, Artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 1134910, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Calificado por el Empleo de Arma de Fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningun modo por acreditada, del resolutorio que se transcribe: mas de Zamora, 18 de febrero de 2020. Autos y Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I.- Declarar Extinguida la Accion Penal que se siguiera a Matias Antonio Gonzalez Gimenez, en orden al delito de Robo Calificado, por el hecho que se denunciara como acaecido el día 20 de febrero de 2010 en la localidad de Llavallol Artículos 76ter. y 59 del Código Penal. II.-Sobreseer a Matias Antonio Gonzalez Gimenez -de las demás condiciones personales obrantes en autos-, en el marco de los presentes actuados que se registran por Secretaría bajo la causa Nº 11349-10, en virtud de concurrir a su respecto una causal extintiva de la acción penal Art. 341 del CPrP. Regístrese y notifíquese. Ejecutoria que sea, practíquense las comunicaciones de rigor, y posteriormente, archívese". Fdo. Dr. Roberto A. W. Lugones. Juez. Ante Mi: Dra. Paula S.
Silveti. Auxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, 10 de noviembre de 2021. I.- Atento el estado de autos, notifíquese al encartado Matias Antonio Gonzalez Gimenez del resolutorio obrante a fs.
271/vta. mediante la publicación de edictos, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del C.P.P. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días". Fdo. Dr. Nicolás M. Plo. Juez. Ante mi: Dr. Maximiliano Bellucci. Auxiliar Letrado. Secretaría, 11 de noviembre de 2021.
nov. 16 v. nov. 23
POR 5 DÍAS - El Señor Juez subrogante del Tribunal en lo Criminal N 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr.
Nicolás Miguel Plo, por medio del presente, notifica, por el termino de cinco días, a CASTAÑO WALTER GABRIEL, Artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 6272-16, seguidas al nombrado en orden al delito de Encubrimiento Calificado, del resolutorio que se transcribe: mas de Zamora, 12 de febrero de 2020. Autos y Vistos: Las presentes actuaciones que se registran en el sistema informático de esta Secretaría bajo causa Nº 6272-16, que se siguieran a Castaño Walter Gabriel, en orden al delito de Encubrimiento Calificado; Y
Considerando: Que durante el tiempo fijado por el Tribunal en el decisorio de fojas 424/425, el imputado ha reparado el daño en la medida ofrecida y no se ha informado por parte de la autoridad supervisora incumplimiento alguno de las obligaciones que le fueran impuestas. Por otra parte, de las constancias glosadas en autos, surge que el encartado no ha cometido un nuevo delito. Asimismo, habiéndose corrido traslado a la Sra. Fiscal interviniente, Dra. Leila M. Selem obra a fs. 555/vta. el dictámen por el cual solicita se extinga la acción penal a su respecto. En consecuencia, siendo de aplicación la normativa del Artículo 76ter. del Código Penal, corresponderá en consecuencia extinguir la acción penal en estos actuados. Por ello, en mi carácter de Juez integrante de este Tribunal en lo Criminal N 7 departamental, Resuelvo: I.Declarar Extinguida la Accion Penal que se siguiera a Walter Gabriel Castaño, en orden al delito de Encubrimiento Calificado, por el hecho que se denunciara como acaecido el día 01/02/2016, en la Localidad de Adrogue, Partido de Almirante Brown Artículos 76ter. y 59 del Código Penal. II.-Sobreseer a Walter Gabriel Castaño -de las demás condiciones personales obrantes en autos-, en el marco de los presentes actuados que se registran por Secretaría bajo la causa Nº 6272-16, en virtud de concurrir a su respecto una causal extintiva de la acción penal Art. 341 del CPrP. Regístrese y notifíquese. Ejecutoria que sea, practíquense las comunicaciones de rigor, y posteriormente, archívese". Fdo. Dr. Roberto A. W. Lugones. Juez. Ante mí: Dra. Paula Soledad Silveti. Auxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, 10 de noviembre de 2021. Atento el estado de autos, notifíquese al encartado Castaño Walter Gabriel del resolutorio obrante a fs. 556/vta. mediante la publicación de edictos, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del C.P.P. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días". Fdo. Dr. Nicolás M.
Plo. Juez. Ante mi: Dr. Maximiliano Bellucci. Auxiliar Letrado. Secretaría, 10 de noviembre de 2021.
nov. 16 v. nov. 23

SECCIÓN JUDICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/11/2021 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date23/11/2021

Page count66

Edition count3368

Première édition02/07/2010

Dernière édition15/05/2024

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