1. Actuar habitualmente en la negociación o formalización de operaciones típicas de la actividad de una Entidad de Crédito, en nombre y por cuenta de ésta, con el carácter de Agente de Entidad de Crédito, en las condiciones y con los requisitos establecidos en el artículo 22 del Real Derecho 1245/95.
Comienzo de Operaciones
Inscripción
Registro Mercantil de Alicante
Domicilio
C/ Madre Teresa De Calcuta 4 Bl, Alicante, España Ver mapa