Periódico Oficial de Puebla del día 29/12/2023 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Viernes 29 de diciembre de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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4.9.4. Los pagos que reciba la Oficina podrán ser: en efectivo, tarjetas bancarias afiliadas a los sistemas Visa o MasterCard, cheque certificado, cheque de caja, estos últimos de conformidad con el Acuerdo que da a conocer las Reglas de Carácter General que establecen los requisitos que deben reunir los cheques que se utilizan como medio de pago ante las autoridades fiscales del Estado.
4.10. Del pago en Quioscos de servicios.
4.10.1. Si se elige la opción de Quioscos de servicios, mediante la interacción con el equipo podrá consultar la existencia de actas del estado civil de las personas, acceso a servicios de gobierno o consultar referencias previamente generadas.
4.10.2. Una vez obtenido el importe a pagar podrá realizar el pago en efectivo con billetes y monedas de circulación nacional o bien con tarjetas bancarias afiliadas a los sistemas Visa o Mastercard siguiendo las indicaciones del equipo. En caso de entregar efectivo por un valor superior al importe a pagar, recibirá el cambio en efectivo.
4.10.3. Una vez realizado el pago, el Quiosco de servicios entregará el acta del estado civil de la persona o servicio de gobierno que solicitó, así como el Comprobante Fiscal Electrónico de Pago o el comprobante de pago con los datos para obtener posteriormente el documento antes citado.
5. DEL COMPROBANTE FISCAL ELECTRÓNICO DE PAGO
5.1. Una vez que hayan transcurrido dos días hábiles posteriores a aquél en que se llevó a cabo el pago por el concepto de que se trate, el contribuyente podrá obtener su Comprobante Fiscal Electrónico de Pago a excepción de los pagos realizados en la Oficina Receptora de Pago y Quioscos de Servicios, lugares en los que se obtendrá de inmediato.
5.2. El Comprobante Fiscal Electrónico de Pago, se obtiene de la siguiente manera:
a Ingresar a la página electrónica del Gobierno del Estado de Puebla www.puebla.gob.mx.
b Seleccionar la opción Pagos en línea.
c Seleccionar la opción Consulta de referencias.
d Capturar el número de referencia integrado por 20 dígitos y consultar.
e Imprimir el Comprobante Fiscal Electrónico de Pago.
6. DE LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL PROCEDIMIENTO
6.1. En el supuesto de que el pago realizado genere una contraprestación y el contribuyente requiera de ésta de manera inmediata, podrá presentar ante la autoridad que preste el servicio, el recibo de pago original que le fue otorgado por la institución bancaria o establecimiento autorizado, el comprobante de pago vía Internet, o el comprobante bancario electrónico con estatus de confirmado, según la modalidad de pago elegida para solicitar dicho servicio, dicho comprobante lo conservará la Dependencia u Oficina que le proporciona el servicio.
6.2. Si el contribuyente solicita el servicio correspondiente después de los dos días hábiles de haber realizado el entero por el concepto de que se trate, deberá presentar el Comprobante Fiscal Electrónico de Pago.
6.3. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal prestarán los servicios, siempre y cuando los solicitantes, exhiban los comprobantes de pago originales correspondientes y en los casos que proceda, reúnan los requisitos establecidos por cada Dependencia.
Las personas servidoras públicas que realicen los trámites relativos a la prestación de servicios, invariablemente deberán cerciorarse de que el pago fue debidamente realizado, utilizando la consulta en el Portal del Gobierno del Estado en la opción consulta de referencias y posteriormente el Sistema de Registro de Otorgamiento de Servicios ROS establecido por la Secretaría de Planeación y Finanzas, debiendo realizar en el sistema el etiquetamiento de la referencia como servicio otorgado o servicio improcedente.
En el supuesto de que el contribuyente realice el pago por la prestación de un servicio y éste no pueda prestarse por no cumplir con los requisitos establecidos para el caso concreto o se trate de un pago indebido, quedará a salvo

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 29/12/2023 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha29/12/2023

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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