Periódico Oficial de Puebla del día 16/04/2020 - Tercera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Jueves 16 de abril de 2020

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
7

d Número de procedimiento;
e Tipo de recurso estatal o federal;
f Acto que reclama;
g Fecha en que ocurrió el acto que se impugna o se tiene conocimiento h Tercero o terceros perjudicados, debiendo señalar su domicilio Obligatorio solamente para inconformidades relacionadas con la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla 4. Manifestación bajo protesta de decir verdad, de los hechos relativos al acto o actos que se impugnan.
Además, la persona inconforme deberá expresar sus agravios, acompañando de forma electrónica en documento escaneado, tanto sus medios de prueba como la documentación con la cual acredita la personalidad.
QUINTO. Una vez requisitado el formulario antes mencionado, la persona inconforme deberá utilizar como medio de identificación electrónica la firma electrónica avanzada, debiendo realizar la carga de:
a Certificado Digital;
b Llave privada, y c Clave de acceso SEXTO. Habiendo realizado la carga de la información relacionada con la inconformidad y firmada electrónicamente, el sistema generará un recibo electrónico, el cual contendrá el nombre de la persona inconforme, la fecha de presentación del recurso y un folio asignado automáticamente por el sistema, con medidas de seguridad que permitan garantizar la autenticidad de su correcta presentación.
Cabe destacar que la recepción de la inconformidad por el medio electrónico de referencia, no obliga a la autoridad a la admisión del recurso señalado, pues para ello, deberán acreditarse los extremos legales.
El procedimiento será substanciado de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal; así como la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla.
SÉPTIMO. Las inconformidades presentadas en el portal web http prointegridad.puebla.gob.mx/, serán turnados a la Unidad Administrativa de la Secretaría de la Función Pública, cuya competencia derive de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal; la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla; la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; así como por el Reglamento Interior de la propia Dependencia.
OCTAVO. La interpretación para los efectos administrativos del presente Acuerdo, así como la resolución de los casos no previstos en el mismo, corresponderá a la Coordinación General Jurídica de la Secretaría de la Función Pública.

TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor el día de su publicación.
Dado en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los dos días del mes de abril de dos mil veinte. La Secretaria de la Función Pública. CIUDADANA LAURA OLIVIA VILLASEÑOR ROSALES Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 16/04/2020 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha16/04/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930