Periódico Oficial de Puebla del día 30/03/2020 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Lunnes 30 de marzo de 2020

LAS PARTES atenderán oportunamente, dentro de su marco legal de actuación, las resoluciones judiciales y recomendaciones que en materia de derechos humanos que emitan respecto de las acciones enlistadas.
TERCERA.- DE LA FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES.
Las acciones a las que se refiere la cláusula segunda de este convenio, se llevarán a cabo a través de los programas autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal correspondiente, especificando a través de anexos de ejecución y técnicos, convenios de concertación y/o el instrumento que determine la normatividad aplicable, aquellas que se realizarán durante la vigencia de los mismos, así como a cargo de quien quedará su ejecución.
CUARTA.- OTRAS ACCIONES.
Cuando se determine la necesidad de instrumentar acciones que no estén incluidas en la cláusula segunda del presente instrumento, LA CONAGUA podrá expedir dentro del ámbito de su competencia, lineamientos específicos que permitan su realización.
QUINTA.- RECURSOS PRESUPUESTALES.
LAS PARTES conforme a su marco legal de actuación, llevarán a cabo las gestiones conducentes para la asignación de los recursos presupuestales en cada ejercicio fiscal. Dichos recursos estarán sujetos a la disponibles y autorizaciones correspondientes.
SEXTA.- OPERACIÓN.
Los programas a que se refiere la cláusula tercera de este convenio, se implementarán con base en las reglas de operación, manuales y demás normatividad que resulte aplicable en cada ejercicio fiscal.
SÉPTIMA.- PARTICIPACIÓN DE LOS MUNICIPIOS.
EL ESTADO conforme a su marco legal de actuación, promoverá la participación de sus municipios en la realización de las acciones acordadas en su beneficio, en las materias contempladas en el presente convenio.
OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.
LAS PARTES promoverán la participación de la población atendida con los programas correspondientes, así como de las organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en el monitoreo de los mismos, mediante la integración, operación y vinculación de contralorías sociales o comités de contraloría social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas determinada y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados en los mismos.
La implementación de las actividades de contraloría social se sujetará a los lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública y al esquema o esquemas validados por ésta y a las Reglas de Operación aplicables.
NOVENA.- SISTEMA DE INFORMACIÓN.
LAS PARTES implementarán y operarán un sistema de información en materia de agua potable, alcantarillado y saneamiento, a efecto de analizar y evaluar la partición de los prestadores servicios en la entidad federativa, cuyos resultados apoyen la toma de decisiones en la definición de las políticas públicas en dicha materia y la integración de las propuestas de acciones a considerar en los Anexos de Ejecución y Técnicos que se suscriban.
LA CONAGUA determinará y comunicará a EL ESTADO para su implementación, la metodología mediante la cual se llevará a cabo en la entidad federativa el análisis y las evaluación antes índicas, con la finalidad de que la aplicación de la misma guarde congruencia a nivel nacional.
DÉCIMA.- ÓRGANOS DE FISCALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO.
Las acciones de control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos federales a que se refiere la cláusula quinta del presente instrumento, corresponderán a LA CONAGUA, a la Secretaría de Hacienda y

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 30/03/2020 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha30/03/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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