Periódico Oficial de Puebla del día 27/02/2019 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 27 de febrero de 2019

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma las fracciones V y VI, y deroga la fracción VII del artículo 83 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla.
Al margen un sello con el Escudo del Estado de Puebla y una leyenda que dice: Unidos en el Tiempo, en el Esfuerzo, en la Justicia y en la Esperanza. Estado Libre y Soberano de Puebla. H. Congreso del Estado de Puebla.
LX Legislatura.
GUILLERMO PACHECO PULIDO, Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano del Estado de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; por virtud del cual se reforman las fracciones V y VI y se deroga la fracción VII del artículo 83 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla.
La transparencia es una cualidad en la actividad pública que consiste en la apertura de sector público a la divulgación de información acerca de su gestión. Una de las características de un estado democrático es la obligación de todos los poderes públicos de dar cuenta a la ciudadanía de todos los actos, especialmente del origen y destino de los recursos públicos para así prevenir, detectar y sancionar los casos de incompetencia y de corrupción.
En ese sentido, con fecha 4 de mayo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, estableciendo en el artículo Quinto Transitorio del Decreto de la citada Ley que El Congreso de la Unión, las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, tendrán un plazo de hasta una año, contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para armonizar las leyes relativas, conforme a lo establecido en esta Ley.
Asimismo con fecha 27 de abril dos mil dieciséis se presentó la Iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, por el Ejecutivo del Estado y diversos Coordinadores, Representante Legislativo y Diputados de la LIX Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Por consiguiente, con fecha 4 de mayo de dos mil dieciséis, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el Decreto por el que se expide la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, la cual tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier sujeto obligado.
Que en la iniciativa presentada y Decreto publicado en las fracciones IV y VII del artículo 83, se establece el mismo concepto: Los indicadores de los servicios públicos que preste como parte de la información que deberán publicar, difundir y mantener actualizada los Ayuntamientos.
Es necesario que los textos normativos del citado ordenamiento jurídico se caractericen por la precisión y claridad que aseguren los preceptos que contienen, en este orden de ideas, la duplicidad de conceptos tiene como consecuencia que la aplicación del precepto jurídico tenga diversas interpretaciones según las personas, instituciones o lugares que lo apliquen, generando inseguridad jurídica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 27/02/2019 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha27/02/2019

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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