Periódico Oficial de Puebla del día 29/11/2018 - Segunda Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Jueves 29 de noviembre de 2018

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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que dichos alegatos fueron analizados en cada una de las irregularidades anteriormente expuestas, comprobando y justificando la cantidad de $5007,687.94 cinco millones siete mil seiscientos ochenta y siete pesos 94/100
Moneda Nacional. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------TERCERO.- Derivado de lo anterior, tomando en consideración que como resultado de la debida valoración y análisis de las pruebas que constan en autos del expediente en el que se actúa, desvirtuó y solventó las irregularidades contenidas en el Pliego de Cargos número 07151C/2011-2014, por un monto total de $5007,687.94
cinco millones siete mil seiscientos ochenta y siete pesos 94/100 Moneda Nacional y para los efectos de determinar lo correspondiente, debe considerarse que el C. Carlos Barragán Amador, no resultó administrativamente responsable por las faltas que en su momento se le imputaron. ---------------------------------------III.- Por lo expuesto, fundado y con apoyo además en los artículos 63, fracción II, 64, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; transitorio tercero, segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis y su Nota Aclaratoria Publicada en el mismo medio con fecha diez del mismo mes y año; 1, fracciones I y II, 3, fracciones I y VII, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 1, 15, 18, 20, 74, fracción III, 102, 108, 109, 134, 135, 147, 151, 152 y 191, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 90, 104, 120, fracción II, 145 y 148
del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil trece en el Periódico Oficial del Estado de Puebla; segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE PUEBLA:-------------------------------------------------------------------------------------------------------

DECRETA
PRIMERO.- El C. Carlos Barragán Amador, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Xicotepec, Puebla, administración 2011-2014, y concretamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil catorce, no es administrativamente responsable de las irregularidades que se le imputaron, por las razones precisadas en el Considerando II de este Decreto. ------------------------------------------------SEGUNDO.- Por la determinación a que se refiere el punto anterior, se aprueba la Cuenta Pública del Ayuntamiento de Xicotepec, Puebla, específicamente por el periodo auditado comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil catorce, representado por el C. Carlos Barragán Amador, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Xicotepec, Puebla, administración 2011-2014. ------------------------------------TERCERO.- Remítase el presente Decreto a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que, por conducto el área correspondiente, notifique al involucrado para los efectos legales a los que haya lugar. ---------------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
Diputado Presidente. JOSÉ GERMÁN JIMÉNEZ GARCÍA. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. JOSÉ
GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA. Rúbrica. Diputada Secretaria. SILVIA TANÚS OSORIO. Rúbrica.
Diputado Secretario. CARLOS MARTÍNEZ AMADOR. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los tres días del mes de septiembre de dos mil dieciocho. El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 29/11/2018 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha29/11/2018

Nro. de páginas91

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

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